12 Ene Medidas contra el trabajo forzado en la Moda
Hace un tiempo atrás se viene hablando sobre el impacto de las medidas políticas que están tomando las autoridades de Estados Unidos y como esto afecta a los negocios de la moda, esta es una actitud necesaria para evidenciar la existencia de un problema recurrente en la industria que es el trabajo forzado y de cómo esto ha puesto en relieve la urgencia de una mayor transparencia en la cadena de suministros de la industria.
Durante el mes de septiembre se conoció la noticia sobre la imposición de 5 nuevas órdenes de “retención de liberación” sobre prendas de vestir provenientes de China por parte de la Oficina de Aduanas y Protección de Fronteras de EE. UU, los cuales, a un lado de desencadenar impacto económico para compañías en el país chino, también exponen un conflicto de carácter social que está establecido en la moda desde hace ya mucho tiempo.
La prohibición por parte del Estado Norteamericano recayó sobre un proveedor de algodón, dos fábricas especializadas en producción de indumentaria y un centro educativo orientado a la capacitación del personal de confección, ya que estos no cumplían con la reglamentación establecida ni con los planes para hilados, fabricación de textiles y confección de prendas que son fabricados con el algodón de Xinjiang, un sector del noroeste de China conocido por su producción de algodón. Todas estas cuestiones, habrían tenido mayores consecuencias en la cadena de suministro de la moda estadounidense si no se emitía un freno de este tipo en las importaciones. Dichas órdenes recaen sobre ropa, algodón, productos para el cabello y otros artículos provenientes de Xinjiang tras graves acusaciones en lo que respecta al trato laboral y el abuso sobre Derechos Humanos en esta zona.
Las órdenes de retención se basaron en la normativa especificada por el artículo 307 de la Ley Arancelaria de Tarifas de 1930, que prohíbe la importación de mercaderías cuando la información da indicios de que los procesos productivos de determinados objetos fueron realizados bajo prisión o en condiciones de trabajo forzoso, sin ser este de carácter concluyente.
La Industria de la moda, a nivel global depende a grandes números del algodón producido en China, de este, se estima que el 85% se produce en Xinjiang. Las medidas tomadas por los Gobiernos deben ser más rígidas al efecto de condicionar el ingreso al país de ciertos productos chinos que emplean mano de obra bajo condiciones laborales deficientes ya que, el algodón chino es una de las materias primas que más abastece a la producción de indumentaria de los países asiáticos, la falta de transparencia, dificulta el seguimiento en la procedencia de los textiles con los que se realizan las prendas fabricadas por otros países como Bangladesh, Filipinas o Vietnam, por tal motivo, estas podrían haber sido confeccionadas por el algodón producido igualmente en las áreas comprometidas.
China es el principal país exportador de algodón del mundo, casi la totalidad de su producción proviene de Xinjiang, donde en su mayoría, para fines comerciales, se emplea mano de obra de la población uygures, kazajos, kirguís y miembros de otros grupos minoritarios musulmanes uigures. Se estima que 1 de cada 5 piezas de algodón vendidas a nivel mundial provienen de mano de obra esclava y espacios en los que se perpetran abusos a los Derechos Humanos.
A la fecha, muchas marcas trabajan con el sello del fast fashion, por ende, también, están ligadas, en muchas ocasiones, al trabajo esclavo dentro de la industria, sin embargo, algunas firmas como H&M dan un paso a favor del reconocimiento de la problemática, obligadas en cierto punto, rompiendo lazos con un proveedor chino, propiedad de una empresa que ha sido vinculada y acusada de maniobrar económicamente través del trabajo forzoso.
Según un comunicado oficial que esgrimió H&M, unas de las principales firmas envueltas en la problemática, está en proceso de suprimir paulatinamente sus relaciones comerciales establecidas con la fábrica propiedad de Huafu Fashion & Co, procedente de Shangyu ya que, este grupo empresarial enfrenta fuertes acusaciones por parte del Instituto de Políticas Estratégicas de Australia, por inferir en metodologías de empleo en negro e insalubres en Xinjiang.
H&M niega tener vínculos con dicha fábrica, sino más bien, da sentido a “relación comercial indirecta” con la operativa de Shangyu, que suministra a la firma sueca para algunos convenios específicos, pero aun así no asegura que existan indicios de trabajo forzoso en la planta en cuestión.
Por otra parte, la marca ha dejado de abastecerse de algodón chino después de que Better Cotton Organitative suspendiera sus licitaciones y permisos en la zona de Xinjiang, aludiendo que no es posible, por parte de las fábricas, facilitar datos concretos para respaldar sus dichos sobre un accionar debido en el ámbito laboral.
Hace algunos días, se realizó la audiencia del Subcomité de Comercio de Medios y Arbitrios de la Cámara de Representantes en el Congreso de Estados Unidos, esta tuvo como principal objetivo hacer cumplir la prohibición por el trabajo forzado infringido en Xinjiang. La reunión siguió a las 5 ordenes de retención, durante la misma Steve Lamar, presidente de American Apparel & Footwear Association, reclamó por la falta de decisiones más concretas del Estado sobre la cuestión.
También acentuó que “La situación en XUAR es de una escala, alcance y complejidad sin precedentes en las cadenas de suministro modernas”, “Solo podemos poner fin a esta terrible situación a través de la presión sostenida de gobierno a gobierno liderada por el gobierno de EE. UU, e involucra a nuestros aliados y todas las partes interesadas”.
El día 22 de septiembre la Cámara de Representantes de Estados Unidos aprobó el proyecto Uyghur Forced Labor Prevention Act, que tiene como objetivo regular la importación de prendas y materia prima proveniente de Xinjiang y otras regiones de China, este proyecto significa un progreso significativo en cuanto a la atención de la problemática del trabajo esclavo en la industria de la Moda.
La Ley aún debe ser tratada y aprobada por la Cámara del Senado, sin embargo, es un avance que asimila la existencia de un grave problema en la producción de textiles en China y de cuáles son sus estructuras laborales. En el contenido de la Ley se deja en manifiesto que los productos y materiales provenientes de ciertas regiones del país asiático, se consideran bienes procedentes de una cadena de trabajo forzado.
Jim McGovern, Representante que presentó el proyecto ante la Cámara, se expidió sobre la cuestión señalando que “Durante los últimos años, hemos visto con horror cómo el Gobierno chino creó y luego expandió un sistema de campos de internamiento masivo” haciendo especial referencia al régimen de trabajo inducido por algunas fábricas.
Protección Fronteriza de EE.UU emitiera ordenes de liberación de retención sobre productos provenientes de Xinjiang durante las últimas semanas, China se ha manifestado en contra de aquellas acusaciones planteadas por Estados Unidos y en voz del Ministerio de Relaciones Exteriores, su representante Wang Wenbin, ha declarado que “el tema del llamado” trabajo forzoso “es completamente inventado por algunas organizaciones e individuos occidentales, que son totalmente a los hechos”.
Uyghur Forced Labor Prevention Act está en vías de ser aprobado, representando un duro golpe para las plantas que se han dedicado a la producción bajo condiciones laborales totalmente insalubres e inhumanas, como así también presenta una condición del tipo ético hacia las marcas de Fast Fashion, quienes se abastecían de estas entidades.
Por otra parte, el sector comercial de EE. UU estableció comunicación a través de la Cámara de Comercio y se dirigió en una carta sobre la presentación del proyecto destacando su postura sobre la cuestión
“resultaría ineficaz y podría obstaculizar los esfuerzos para prevenir abusos contra los derechos humanos”, también aclarando que los vestigios de otras Leyes de carácter similar han acabado por perjudicar a negocios locales por diversos embargos y multas.
El cuerpo normativo continuará su curso en la etapa legislativa y se esperan especificaciones sobre la reglamentación del mismo, de ser aprobado, presentaría un fuerte impacto sobre las inquietudes de la Moda Justa respecto al trabajo forzado, por lo que muchos sectores dentro de la industria se han pronunciado innumerables veces. Mientras Estados Unidos y la Unión Europea se encuentran alineando un camino para desarrollar políticas que ataquen a la problemática del trabajo esclavo en la cadena de producción de indumentaria, China sigue defendiéndose de la inquietud latente al rededor del mundo luego de que las órdenes de retención de liberación sobre las prendas de vestir hayan tomado repercusiones a nivel global y, a través de su representante al frente del Ministerio de Relaciones Exteriores, China apunta a que el país de Norte América está centrando su preocupación en “socavar y perjudicar la economía de China”, más que realmente preocuparse por la situación de los Derechos Humanos.
Aun así, la prohibición de Estados Unidos, deja en manifiesto que evidentemente también existe un trasfondo de índole político, donde la moda muestra ser un enlace importante para los gobiernos.
Lo que es menester extraer de estas semanas relacionadas con esta inquietud es que, la industria necesita comprender e interactuar mejor con sus proveedores independientemente de que esta situación en particular empeore o se extienda durante los próximos meses.
El algodón textil y Apparel provenientes de China, son una categoría valuada en 11.100 millones de dólares y representa el 24% de todas las importaciones que llegan a EEUU en ese ámbito. En Europa, China representa el 29% de toda la ropa importada de países extracomunitarios, valuados en 23 mil millones de dólares, de allí la importancia y el impacto que genera en China la intervención política en las fronteras, la cual evita el ingreso de sus productos.
La lucha contra la explotación laboral es una de las preocupaciones más recurrentes en el sector de la Moda, de hecho, es uno de los pilares básicos que hicieron a la existencia del Derecho de la Moda con el fin de regular el sector, dado a la relevancia y conmoción que produjo el accidente debido a la negligencia de empresarios de la indumentaria, el cual tuvo lugar en Bangladesh hacia el año 2013, a raíz del mismo, se ha establecido el Acuerdo de Bangladesh que un trato entre marcas y sindicatos instaurado en mayo del mismo año, con el objetivo de mejorar la seguridad en caso de incendios y la correcta verificación de los edificios destinados a la labor de la industria en Bangladesh, además este evento dejó marcada la presencia de un grave problema que atacar desde el punto de vista de la sostenibilidad social a través de vías legales, como a su vez, desde la educación sobre hábitos de consumo más responsables.
Desde los diferentes movimientos y organizaciones orientados a la concientización en la Moda, refieren que evitando el abastecimiento de proveedores que no tengan una clara transparencia en sus modelos de trabajo y por el establecimiento de normativas concretas, las grandes firmas dedicadas al sector de la moda rápida, conminadas por el poder estatal, podrán ir conmutando sus procesos y seleccionando sus socios en base a otros valores, no sólo económicos, en lo que respeta a materia prima.
Por otra parte, cada país se encuentra en una etapa de evaluación económica interna devenida del período pandémico, muchas economías aún siguen golpeadas por el impacto de todo tipo que ocasionó la Covid 19 en los Estados, esto también contribuye a la toma de decisiones fronterizas por parte de los países que quieren movilizar y reactivar su producción nacional.
Referencias:
https://www.congress.gov/bill/116th-congress/house-bill/6210
www.yamilamelnfashion.com
Este artículo se ha realizado por la redacción del equipo de EOB, si quieres contactar con nosotros mándanos un mail a info@enriqueortegaburgos.com