THE HOUSE OF CB VS OH POLLY 2021.

HOUSE OF CB VS OH POLLY

THE HOUSE OF CB VS OH POLLY 2021.


CONOCE EL CASO DE FASHION LAW DE HOUSE OF CB- OH POLLY DEL AÑO 2021.

 

¿Hasta dónde llega el minucioso examen que debe realizar un Tribunal frente a una demanda por el plagio de más de noventa diseños de prendas? ¿Y si le añadimos una acción de passing off  basada en la imitación del modelo de negocio, desde el diseño web hasta el packaging o sesiones fotográficas que siguen un mismo attrezzo?.

En este artículo analizaremos la Sentencia que ocupa el interesante conflicto suscitado entre dos firmas de moda que se caracterizan por elaborar prendas ajustadas. Ambas son fieles seguidoras del estilo bodycon (abreviatura de “body conscious”) o bandage, tendencia que surge en los años ochenta con la intención de celebrar las curvas como una característica poderosa de la anatomía corporal de las mujeres y que sigue viva de la mano de celebridades como Jennifer Lopez, Beyonce y Kim Kardashian.

 

DESCARGATE AQUÍ LA SENTENCIA DE HOUSE OF CB VS OH POLLY

 

CONOCE A HOUSE OF CB Y A OH POLLY. LAS PARTES.

 

Por un lado, encontramos a la firma demandante, The House of CB, considerada el motor de la tendencia bodycon en el Reino Unido y Estados Unidos, gracias a sus tiendas físicas, y en el resto del mundo, por sus respectivos e-commerce.

The House of CB tiene su origen empresarial en la primigenia creación de la marca Celeb Boutique en 2010, de la mano de Connor Walker, que empezó a vender prendas, compradas al por mayor en China, a través de eBay. No fue hasta 2012, cuando se tomó la decisión de orientar la marca hacia la creación de diseños propios y la consecuente apertura de su propia fabrica con sus propios diseñadores y confeccionistas. En 2013, siendo ya denominada The House of CB (que viene del término francés “Maison de”, utilizado por las casas de alta costura), abrió sus primeras tiendas en Londres y Estados Unidos, siendo en 2014 cuando lanzó Mistress Rocks.

Por otro lado, la firma demandada en este caso, Oh Polly, también inició su camino en el sector vendiendo prendas adquiridas al por mayor en eBay, de la mano de la que ahora es la diseñadora principal de la marca, la Sra. Henderson.

En 2013 alcanzó el éxito y en 2015 la directiva tomó la decisión de constituir una sociedad para su propio negocio y empezar a comercializar bajo la marca Oh Polly. Las prendas se confeccionaban en fabricas de Bangladesh y China y se vendieron en sus tiendas físicas y online.

 

ACCIONES EJERCITADAS EN EL CASO Y LEY APLICABLE. 

 

Nos encontramos ante un caso de diseños no registrados, los cuales disponen de una protección limitada en el tiempo. Dicho esto, es importante diferenciar las dos acciones principales interpuestas por The House of CB, ambas dirigidas a proteger su negocio.

  • Acción contra el plagio de sus diseños «no registrados”: The House of CB reclamó la infracción de 91 de sus diseños. Si tenemos en cuenta que el Juez debía verificar la existencia de copia, en base a dos ordenamientos, y que algunas de las prendas estaban disponibles en diferentes colores, el análisis ascendía a una revisión de hasta 270 comparaciones. La magnitud de la cuestión llevó a la decisión del Tribunal de centrarse en evaluar 20 de las prendas reclamadas.

 

  • Acción de passing off o “usurpación de marca”: The House of CB necesitaba proteger su goodwill (la fama o prestigio) y combatir la competencia desleal en el mercado, que en este caso se había dado por la supuesta confusión de Oh Polly como una marca “hermana” de The House of CB, causando unos daños y perjuicios en la demandante.

El Juez desarrolla todo el análisis en base a los dos regímenes aplicables: el UKUDR (ordenamiento británico sobre derechos no registrados) y el CUDR (ordenamiento comunitario sobre derechos no registrados).

 

¿PROSPERÓ LA ACCIÓN EJERCITAR POR PLAGIO DE LOS DISEÑOS NO REGISTRADOS? 

 

El Juez dedica un extenso apartado de la Sentencia para analizar, prenda por prenda, dos cuestiones fundamentales, siendo la primera excluyente de la segunda:

  • Si las prendas de The House of CB (demandante) eran susceptibles de ser protegidas como diseños “no registrados».

 

Conocer si los diseños eran validos, era el paso previo para poder examinar si habían sido copiados.

  • En el UKUDR, es necesario probar que los diseños sean originales, es decir, que cuenten con una inversión suficiente de habilidad, esfuerzo y juicio estético para ser considerados originales. Además, no deben ser comunes en el momento de su creación en el territorio del país.

En este punto, el Juez tuvo en cuenta algo fundamental: no será contrario a ello que el diseño esté compuesto por algunas características que de manera individual sean habituales porque, siempre y cuando exista suficiente habilidad y esfuerzo creativo por el diseñador, una nueva combinación de características corrientes no será considerado un diseño común.

  • Por otro lado, en el CUDR, es preciso probar que los diseños sean nuevos y tengan un carácter singular, es decir, que producen al usuario informado una impresión general diferente a la que pudiese producir cualquier otro dibujo o modelo hecho público.

 

Oh Polly (demandado) impugnó la originalidad de los diseños de The House of CB, alegando que habían copiado diseños de terceros previamente comercializados, lo cual fue interpretado por el Juez como una acción “a la desesperada». Tras analizar sucintamente la prueba aportada  así como la fecha de creación de cada uno de los diseños, el proceso de creación de The House of CB (a partir de moodboards) y las comparaciones indicadas por los demandados en relación a prendas de terceros, el Juez tuvo claro que los veinte diseños analizados en este caso eran válidos en base a ambos ordenamientos y, por lo tanto, merecían ser protegidos.

  • Si se cumplían los requisitos para considerar que los diseños habían sido copiados.

Una vez constatada la validez de los derechos no registrados de The House of CB, el Juez pudo avanzar y analizó si existía una infracción por copia por parte de Oh Polly.

  • Bajo las reglas del UKUDR, se considera que hay copia cuando se reproduce la misma forma o configuración de la totalidad o parte de un artículo que es considerado original, según los requisitos que ya hemos mencionado anteriormente.

En este punto era primordial que The House of CB probase la copia de forma exacta o sustancial a sus diseños.

  • Por otro lado, el ordenamiento CUDR requiere que la parte demandante pruebe que los diseños no producen en el usuario informado una impresión general diferente, sino la misma, para concluir que se ha producido una copia. Asimismo, Oh Polly (demandada) necesitaba probar que sus diseños eran resultado de una creación independiente y que los diseñadores no conocían los diseños de The House of CB.

Por ejemplo, en relación al primer diseño (finalmente considerado copia), Oh Polly alegó que era un diseño habitual, una tendencia. El Juez discrepó y tuvo en cuenta su fecha de creación y el hecho de que la diseñadora jefe de Oh Polly enviara un correo electrónico, en fecha posterior, adjuntando imágenes del diseño de The House of CB. En el mensaje daba instrucciones de ignorar la hebilla sobre el busto y pedía a sus trabajadores que editaran la imagen antes de subirlas a su programa de trabajo, con la intención de despejar cualquier sospecha.

En conclusión, la acción prosperó en siete de los veinte diseños analizados. The House of CB pudo solicitar un resarcimiento por los daños y perjuicios ocasionados debido a la infracción de siete de sus diseños por haber sido copiados y posteriormente comercializados por parte de Oh Polly.

La importancia de la prueba sobre el proceso creativo de los diseños

En este caso, destaca especialmente la cantidad de detalles que se tuvieron en cuenta acerca del proceso creativo de los diseñadores de ambas marcas. Se realizo una investigación exhaustiva sobre sus métodos, los programas informáticos que utilizaban y el circuito que seguían las instrucciones de cada diseñador a sus respectivos equipos de confección.

El interrogatorio de la diseñadora jefe de Oh Polly fue fundamental ya que estuvo describiendo el modus operandi para diseñar las prenda. Según ella, la idea sobre cada uno de sus diseños fue concebida antes de tomar otras referencias, de prendas de The House of CB así como de otras marcas competidoras. Sin embargo, los registros de los archivos del ordenador de la diseñadora y del programa que utilizaba en conjunto con los fabricantes no reflejaban lo  mismo…

El Juez tuvo claro que no existían documentos que respaldasen su proceso de creación ya que no había ninguna prueba de que hubiera concebido el diseño por completo en su cabeza, de manera previa, antes de ir a buscar una imagen que la inspirara.

De hecho, en los registros podía comprobarse que la diseñadora de Oh Polly enviaba directamente capturas de las prendas de The House of CB o de terceros a sus fabricantes y confeccionistas, expresando de manera explícita que deseaba un diseño igual. Con todo esto, el Juez tuvo razones suficientes como para considerarlo una prueba insuficiente y descartar su testimonio.

 

EL PASSING OFF.

 

The law of passing off can be summarised in one short general proposition – no man may pass off his goods as those of another.

More specifically, it may be expressed in terms of the elements which the plaintiff in such an action has to prove in order to succeed.

These are three in number.

  1. First he must establish a goodwill or reputation attached to the goods or services which he supplies in the mind of the purchasing public by association with the identifying ‘get-up’ (whether it consists simply of a brand name or trade description, or the individual features of labelling or packaging) under which his particular goods or services are offered to the public, such that the get-up is recognised by the public as distinctive specifically of the plaintiff’s goods or services.
  2. Secondly, he must demonstrate a misrepresentation by the defendant to the public (whether or not intentional) leading or likely to lead the public to believe that goods or services offered by him are the goods or services of the plaintiff. Whether the public is aware of the plaintiff’s identity as the manufacturer or supplier of the goods or services is immaterial, as long as they are identified with a particular source which is in fact the plaintiff.
  3. Thirdly he must demonstrate that he suffers, or in a quia timet action that he is likely to suffer, damage by reason of the erroneous belief engendered by the defendant’s misrepresentation that the source of the defendant’s goods or services is the same as the source of those offered by the plaintiff.”

La acción de passing off es típica del derecho anglosajón y se traduce como la “usurpación de marca” que genera una confusión en el consumidor y le hace creer que compra productos de la misma marca o relacionados con ésta, mientras que en realidad pertenecen a un competidor.

The House of CB interpuso esta acción con el objeto de probar que Oh Polly había copiado muchos aspectos de su negocio y get-up (puesta en escena), tales como el modelo de negocio y su enfoque, el branding y su estrategia de marketing, el diseño de las prendas, la localización, temática y estilo de las sesiones de fotos, las modelos, el packaging e incluso su página web, el logo, el nombre que le ponen a cada prenda, la existencia de devoluciones incorrectas de manera viceversa o los tiempos que transcurren entre las actuaciones de negocio de The House of CB (nuevas prendas al mercado, sesiones de fotos, etc.).

El Juez cita reconocida jurisprudencia en esta Sentencia, como el Caso Jif Lemon o el Caso L’Oreal c. Bellure, llegando a la conclusión de que todo depende de la prueba que se presente en relación a si Oh Polly había intentado hacer pasar sus productos por los de The House of CB, hasta el punto de que los consumidores habían llegado a confundirlos y creer que Oh Polly era una marca hermana de The House of CB.

En la Sentencia, vemos como analiza cada uno de los elementos del negocio de ambas marcas y las pruebas aportadas. Es muy revelador que, de nuevo, la diseñadora jefe de Oh Polly hubiese hecho referencia a The House of CB a la hora de contratar a sus fotógrafos y de darles directrices sobre cómo quería que quedasen las sesiones de fotos. La diseñadora enviaba mensajes como el siguiente: «Si estás familiarizado con los gustos de House of CB entonces ese es el estilo de imagen que buscamos”. Oh Polly alegó que se trataba de una coincidencia, pero el Juez no lo aceptó.

También destaca el hecho de que The House of CB difundió a sus clientes que las prendas eran elaboradas en Londres y que Oh Polly hizo lo mismo (era mentira, tal y como acepta el CEO de Oh Polly en su interrogatorio). El juez acepta que es algo que los consumidores conocían y que tendrían en cuenta en su comprensión de las dos marcas. Quedó claro que se vería como una similitud entre ellas y que los consumidores considerarían que Oh Polly es una marca hermana de House of CB.

Finalmente, para resolver esta cuestión, el Juez tomo como criterio principal la reacción del consumidor frente a la combinación global de todos los elementos del negocio.

A pesar de negar la existencia de coincidencias y de aceptar que los comentarios en redes sociales probaban que los clientes notaban que había elementos de Oh Polly copiados de The House of CB, el Juez concluye que no había prueba suficiente para demostrar que los consumidores hubiesen llegado a creer que Oh Polly fuese una marca hermana de The House of CB, por lo que deniega la acción de passing off.

 

CONCLUSIONES DEL CASO DE HOUSE OF CB VS OH POLLY.

 

Llama la atención que aún existiendo tantos elementos que identifican a una marca como tal, así como de haber sentenciado el plagio de varias prendas en la misma Sentencia e incluso establecer como probado que la diseñadora jefe de Oh Polly tenía la intención de emular el modelo de negocio de The House of CB, el Juez termine considerando que muchos de los comentarios de clientes, aportados como prueba, eran preguntas y que solo una suponía una afirmación. Cabe decir que, incluso él mismo relata en la Sentencia que llega a esta conclusión con reticencia.

Concluye que no hay pruebas sustanciales de que los consumidores consideren que existe una conexión comercial, que sean marcas hermanas, y que no se ha engañado a un número suficiente de miembros del público relevante.

Finalmente, The House of CB no pudo obtener un resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados, a pesar de haber destinado un esfuerzo e inversión de talento, dinero, creatividades, etc. en conseguir ser lo que a día de hoy es.

 

 



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