Marco regulatorio en distintos países – El retoque de imágenes en el mundo de la moda – Capitulo III

Marco regulatorio en distintos países – El retoque de imágenes en el mundo de la moda – Capitulo III


 

Veamos la legislación de países que cuentan con su propia normativa, tales como Francia, Argentina e Israel y otros países del entorno ajeno al Derecho Continental (UK y USA) para ver las soluciones que se están dando y que anticipan una suerte de avance global en la materia.

LA REGULACIÓN DE LOS RETOQUES DE IMAGEN. ¿QUÉ OCURRE A NIVEL INTERNACIONAL?

FRANCIA. EL DECRETO ANTIPHOTOSHOP.

En Francia, el 1 de octubre de 2017, entró en vigor el Decreto n ° 2017-738 de 4 de mayo relativo a las fotografías de uso comercial de maniquíes cuya apariencia corporal haya sido alterada. El decreto se toma para la aplicación del artículo L. 2133-2 del Código de Salud Pública, introducido por el artículo 19 de la ley n° 2016-41 del 26 de enero de 2016, que moderniza el sistema de salud francés.

La fotografía comercial que haya sido modificada mediante software deberá incluir la mención “PhotographyRetouchée” (fotografía retocada), asegurándose así que las fotografías que se adquieren y han sido modificadas para refinar o espesar la silueta de un maniquí sean claramente identificadas.

Transcribimos, traducidos del francés algunos artículos del Decreto.

“Art. R. 2133-4.-La obligación prevista en el artículo L. 2133-2 se aplica a las fotografías comerciales de modelos insertadas en mensajes publicitarios, en particular mediante carteles, a modo de comunicación […]

«Art. R. 2133-5.-La mención «fotografía retocada» prevista en el artículo L. 2133-2, que acompaña a la comunicación comercial, se coloca de forma accesible, fácilmente legible y claramente diferenciada, en el mensaje publicitario o promocional. La presentación de mensajes respeta las reglas y prácticas de buenas prácticas definidas por la profesión, en particular por la autoridad reguladora profesional de la publicidad.

«Art. R. 2133-6.-El anunciante garantiza el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los artículos L. 2133-2, R. 2133-4 y R. 2133-5 de este Código. Con este fin, se asegura de que las fotografías comerciales que compra directamente o a través de diferentes proveedores de servicios hayan sido modificadas o no por el software de procesamiento de imágenes para refinar o espesar la silueta del modelo.

Muchas de las denuncias por parte de las modelos son que las fotos se editan para que parezcan más delgadas. Esto no es bueno ni para su propia imagen ni para el falso ideal de belleza que transmiten al público. El Gobierno francés, ha establecido como ley que las modelos no pueden tener un índice de masa corporal inferior a 18 para poder ejercer (ley maniquí). Además, la asamblea de Francia aprobó que todas las imágenes publicitarias en las que se retoque su silueta o el índice de masa corporal de las modelos, deban indicarlo a pie de imagen y especificar cuáles son los retoques. Aquellas personas que no cumplan la ley y no indiquen las modificaciones de las imágenes, serán multadas y deberán pagar hasta 37.500 euros y el importe de la multa podrá elevarse al 30% del gasto en esa publicidad.

Fue el 1 de octubre de 2017, cuando entró en vigor el decreto n ° 2017-738 del 4 de mayo de 2017 relativo a las fotografías de uso comercial de modelos cuya apariencia física haya sido modificada. El decreto se toma para la aplicación del artículo L. 2133-2 del código de salud pública, introducido por el artículo 19 de la ley n° 2016-41 del 26 de enero de 2016 de la modernización del sistema de salud francés.

El decreto aclara que se aplica a los mensajes publicitarios particulares en carteles y publicaciones impresas así pues queda excluida la publicidad en televisión. También especifica que la leyenda «fotografía retocada» debe colocarse de una manera accesible, legible y diferenciada del mensaje publicitario o promocional. Además, se especifica que la responsabilidad de colocar esta aclaración recae sobre el anunciante.

Por otro lado, la Ley maniquí entro en vigor el sábado 6 de mayo de 2017. En este se expone que las modelos deberán presentar un certificado médico en el que se incluirá el Índice de Masa Corporal, para poder ejercer su actividad profesional.

Ambas leyes son medidas que pretenden prevenir los trastornos del comportamiento alimentario. Por un lado, para evitar el fomento de unos ideales de belleza irreales en la sociedad y, por otro lado, para proteger la salud de las modelos. Y es que las modelos son muy vulnerables a este tipo de trastornos por la presión a la que se ven sometidas para mantener un cuerpo muy delgado, en el que las dietas restrictivas también juegan su papel.

Claro que los trastornos del comportamiento alimentario son un grupo de trastornos muy extensos que abarcan tanto la anorexia nerviosa como la bulimia nerviosa y un gran abanico de trastornos no tan definidos, mayoritariamente en chicas, pero cada vez más en chicos.

Según la OMS, un Índice de Masa Corporal inferior a 18´5 es indicador de un peso ligeramente inferior a la normalidad. Por debajo de 17´5 se utiliza como criterio diagnóstico para la anorexia nerviosa.

ARGENTINA (LA LEY PORTOS)

Argentina cuenta desde 2011 con su propia “Ley Anti Photoshop” inspirada por Dª Lucía Portos, diputada del partido Frente Para la Victoria (FPV),cuando con fecha 3 noviembre del año 2011 el Senado de la ciudad de Buenos Aires convirtió en ley 14.953, el proyecto denominado “Anti Photoshop”, que establece que toda publicidad en la que aparezca una figura humana que haya sido modificada por medios digitales, debe exhibir, con tipografía visible y clara, la leyenda: esta imagen ha sido retocada y/o modificada digitalmente.

Lucía Portos manifestó “Esas imágenes impactan sobre todo en los adolescentes con consecuencias tan graves para la sociedad como, enfermedades y desórdenes alimenticios que se estima afectan a entre el 0,5 y el 3 por ciento de mujeres en el mundo[…] y, que “el excesivo retoque de una imagen podría considerarse un engaño al consumidor, y subrayó que quienes promueven esta idea hacen referencia a otras cuestiones vinculadas con la perspectiva de género y contra la discriminación”.

Artículo 1°. – Toda publicidad estática difundida en vía pública, en la cual intervenga una figura humana utilizada como soporte o formando parte del contexto o paisaje que haya sido retocada y/o modificada digitalmente mediante programas informáticos, debe exhibir con tipografía y en lugar suficientemente destacado la siguiente leyenda: “la imagen de la figura humana ha sido retocada y/o modificada digitalmente”.

Esta norma afecta a los productores de la imagen editada por medios digitales, sean personas físicas o jurídicas, siempre que alteren la imagen original bien con fines publicitarios o bien con fines comerciales, estableciendo supervisión, control y sanciones que podrán ir desde el simple apercibimiento hasta los 500.000 pesos de multa, así como el decomiso de las mercaderías y productos objeto de la infracción, la clausura del establecimiento o suspensión del servicio afectado, la pérdida de concesiones y licencias, etcétera.

La ley involucra a las publicidades estáticas difundidas en la vía pública y a las que aparecen en los medios gráficos de cualquier tipo en el territorio de la provincia de Buenos Aires.

La Ley Portos vincula directamente a los trastornos alimentarios con “la sobreexplotación de modelos antinaturales” por parte de la industria de la moda”. Las publicidad donde aparecen modelos retocadas digitalmente “niegan el paso del tiempo y de los procesos naturales de la vida humana, generando un impacto sensiblemente negativo en amplios sectores de la población”.

ISRAEL (LA LEY ADATTO)

 En el caso de Israel, primero en legislar sobre esta cuestión, la denominada Ley Adatto, o “anti Photoshop” se enmarca dentro de una ley más amplia que se conoce como “Ley de limitación de peso en la industria del modelaje” de 19 de marzo de 2012, aprobada por la comisión de Trabajo, Bienestar Social y Salud del Knesset (Parlamento de Israel) y que prohíbe mostrar imágenes de modelos masculinos o femeninos con un índice de masa corporal (IMC) de 18,5 o inferior.

La Ley entró en vigor el 1 de enero de 2013 y se conoce como Ley Adato por que un miembro del Knesset (Rachel Adato) fue una de las más fervientes defensoras de la Ley, destacando su alegato en defensa de esta Ley: “Ha comenzado una revolución… esta ley rompe el ideal anoréxico que sirve como ejemplo para la juventud del país”.

La Ley prohíbe la producción de anuncios que muestren un modelo en ausencia de una autorización médica presentada por el modelo que indica que no tiene bajo peso conforme al índice que os indiqué en el párrafo anterior.

En cuanto al uso de programa de edición tales como Photoshop la ley específica que el productor de un anuncio que muestra una imagen de una persona, en la cual utiliza una edición gráfica, incluidos los programas informáticos deberá incluir la publicación de las aclaraciones sobre el hecho de que se utilizó cualquier método de edición de gráficos que constituye una constricción periférica del cuerpo, por tanto, el anunciante no deberá mostrar publicidad editada digitalmente a menos que la aclaración esté incluida en la misma imagen. La aclaración debe extenderse al menos al 7% del espacio total del anuncio.

El número de mujeres y niñas israelíes que padecen trastornos alimentarios ahora coincide con el de los países occidentales industrializados, pero el problema no fue reconocido como tal hasta la muerte el 14 de noviembre de 2007 de una de las modelos más famosas de Israel, Hila Elmalich que murió pesando 22 kilos a consecuencia del transtorno alimentario que padecía.

En este enlace podrá encontrar una foto (advertimos su dureza) de la modelo siendo llevada al hospital

REINO UNIDO

En el Reino Unido, al igual que en España no existe una norma específica si bien la Advertising Standards Authority, denunció una campaña de Saint Laurent tildándola de «irresponsable» por mostrar a una modelo «con una delgadez poco saludable».

Otro de los casos en los que se han pedido que las fotos no sean retocadas, ha sido la actriz Kate Winslet como imagen de Lancôme, la cual se ha rebelado contra el Photoshop. Su condición al firmar el contrato fue que sus fotos salieran a la luz sin ningún retoque digital.

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

En EEUU, La Comisión Federal del Comercio (FTC) ha estado aplicando leyes de veracidad en la publicidad durante más de cien años, pero la solución al retoque de imágenes ha tardado en llegar. La influyente American Medical Association publicó una declaración en 2011 condenando la alteración excesiva de la imagen que incluía este extracto: La aparición de anuncios con modelos extremadamente alterados puede crear expectativas poco realistas de una imagen corporal adecuada. En una imagen, la cintura de una modelo se adelgazó tan severamente que su cabeza parecía más ancha que su cintura, dijo el Dr. McAneny. Debemos dejar de exponer a niños y adolescentes impresionables a publicidades que retratan modelos con tipos de cuerpo que solo se pueden obtener con la ayuda del software de edición de fotografías.

La propia FTC nos indica que “When consumers see or hear an advertisement, whether it’s on the Internet, radio or television, or anywhere else, federal law says that ad must be truthful, not misleading, and, when appropriate, backed by scientific evidence. The Federal Trade Commission enforces these truth-in-advertising laws, and it applies the same standards no matter where an ad appears – in newspapers and magazines, online, in the mail, or on billboards or buses. The FTC looks especially closely at advertising claims that can affect consumers’ health or their pocketbooks – claims about food, over-the-counter drugs, dietary supplements, alcohol, and tobacco and on conduct related to high-tech products and the Internet. The FTC also monitors and writes reports about ad industry practices regarding the marketing of alcohol and tobacco.

When the FTC finds a case of fraud perpetrated on consumers, the agency files actions in federal district court for immediate and permanent orders to stop scams; prevent fraudsters from perpetrating scams in the future; freeze their assets; and get compensation for victims.

 

Protecting Consumers from Fraud and Deception

Environmentally Friendly Products: FTC’s Green Guides

The FTC’s Endorsement Guides: Being Up-Front With Consumers

What Shoppers Need to Know About Gift Cards

The FTC’s Funeral Rule: Helping Consumers Make Informed Decisions During Difficult Times

Health and Fitness Claims”

 

En marzo de 2014, el Congreso de los Estados Unidos presentó el Proyecto de Ley de la Verdad en la Publicidad. El objetivo de la ley era que la Comisión Federal de Comercio regulara hasta qué punto los anunciantes podían alterar digitalmente las imágenes utilizadas en la publicidad a través de un marco sistemático. Las imágenes de modelos alteradas digitalmente en los anuncios de belleza, dicen los partidarios de la Ley, son perjudiciales para los consumidores, ya que inducen a error, son manipuladoras y contribuyen a una imagen corporal negativa. La Ley permaneció estancada hasta su reintroducción a principios de 2016

Ver enlace del Congreso

La FTC sostiene que un anuncio es falso o engañoso si «induce a error a los consumidores que actúan razonablemente bajo las circunstancias«, FTC Policy Statement on Deception (1983).

La única orientación proviene de una decisión de 2013 de la División Nacional de Publicidad en la que se determinó que un anuncio de CoverGirl para su máscara’ Clump Crusher’ era engañoso y engañoso (Ver Congress Goverment, H.R.4445-114th Congress (2015-2016))

Conoce la Federal Trade Comission

Capitulo I

photoshop

Capitulo II

 



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