17 Abr LOS PLEITOS MÁS IMPORTANTES DE AMAZON
Te presento los 5 pleitos y casos judiciaciles más relevante de Amazon Inc
Amazon es un player clave en el comercio electrónico. Obviamente, esto trae beneficios tanto a quien compra en su marketplace, como a quien vende allí y, por supuesto, a Amazon también. La cuestión es que, cuando hay tanto en juego, también suelen aparecer problemas.
Echemos un vistazo a algunos pleitos que han tenido como protagonista a la compañía de Jeff Bezos.
PLEITO COTY V. AMAZON
DATOS DEL CASO
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Quinta), de 2 de abril de 2020
PROCEDIMIENTO
C‑567/18
PARTE ACTORA
Coty Germany GmbH — (Coty)
PARTE DEMANDADA
Amazon Services Europe Sàrl, Amazon Europe Core Sàrl, Amazon FC Graben GmbH, Amazon EU Sàrl — (Amazon)
MATERIA
Marca de la UE — Uso de marca — Almacenamiento para venta de productos que infringen un derecho de marca vendidos en una plataforma de comercio electrónico.
COTY V. AMAZON (I): CONTEXTO DEL CASO
Coty (licenciataria de la marca de la UE “DAVIDOFF”) detectó que en Amazon se estaban vendiendo perfumes de esta marca de manera ilícita.
Las ventas las realizaba un tercero no autorizado que estaba inscrito en el programa “Logística de Amazon”. A través de dicho programa, Amazon facilita el almacenaje y envío (entre otros servicios) de los productos de los vendedores.
Tras ser requerida por Coty, la vendedora cesó en dichas ventas. También requerido por Coty, Amazon procedió a enviar toda la mercancía que almacenaba, informando de que había otro vendedor a quién no podía identificar.
Entonces, Coty procedió a demandar, en Alemania, a las empresas de Amazon intervinientes, por considerar que, al almacenar dichos bienes infractores, aquellas hacen un uso ilícito de la marca “DAVIDOFF”.
Sus pretensiones son desestimadas en primera instancia y en apelación. Al llegar a casación, el tribunal plantea una cuestión prejudicial al TJUE para saber si:
“[U]na persona que tiene en depósito, por cuenta de un tercero, productos que infringen un derecho de marca (sin tener conocimiento de esta infracción), almacena estos productos con el fin de ofrecerlos o comercializarlos (…) cuando no persigue ella misma estos fines”.
COTY V. AMAZON (II): LA OPINIÓN DEL TJUE
- El Reglamento de marca de la UE no define el “uso” que infringe los derechos de marca. La jurisprudencia del TJUE ha establecido que solo un tercero que tiene dominio del acto que constituye el uso es quien tiene la capacidad de ponerle fin para no infringir los derechos del titular de una marca.
- Además, respecto al uso de un signo en plataformas de comercio electrónico, en el Caso L’Oreal v. Ebay (STJUE C-324/09) se determinó que “son los clientes vendedores del operador de este mercado electrónico y no el propio operador quienes hacen uso de signos idénticos o similares a marcas en las ofertas de venta”.
- El Reglamento de marca de la UE establece que el titular de una marca podrá prohibir la oferta, comercialización o almacenamiento, con dichos fines, de los productos infractores.
Para que ese almacenamiento pudiera considerarse uso infractor, deberá ser el encargado de almacenar los bienes quien persiga los fines de oferta y comercialización.
En este caso, Amazon no persigue dichos fines y así lo indica el órgano judicial que plantea la cuestión.
Por tanto, Amazon no hace un uso infractor de las marcas. Eso sí: si almacenara los bienes infractores no por cuenta de terceros, sino propia; o si no pudieran identificar al vendedor y los comercializa Amazon, entonces sí podría considerarse que persigue dichos fines y se trataría de un uso infractor.
- Por último, corresponderá al órgano remitente analizar si Amazon, aunque no infrinja los derechos de marca, en este caso, tiene algún tipo de responsabilidad por permitir dicha oferta de terceros. Por ejemplo, derivada de la normativa reguladora del comercio electrónico (D 2000/31) o de propiedad intelectual (D 2004/48).
PLEITO AMAZON V. AUSTRO-MECHANA
DATOS DEL CASO
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Sala Segunda), de 11 de julio de 2013
PROCEDIMIENTO
C‑521/11
PARTE ACTORA
Amazon.com International Sales Inc., Amazon EU Sàrl, Amazon.de GmbH, Amazon.com GmbH, en liquidación, Amazon Logistik GmbH — (Amazon)
PARTE DEMANDADA
Austro-Mechana Gesellschaft zur Wahrnehmung mechanisch-musikalischer Urheberrechte Gesellschaft mbH, — (Austro-Mechana)
MATERIA
Propiedad intelectual — Derechos de autor y derechos afines — Derecho de reproducción exclusivo — Compensación equitativa
AMAZON V. AUSTRO-MECHANA (I): CONTEXTO DEL CASO
En Europa, los titulares de derechos de autor y derechos afines tienen el derecho exclusivo para la reproducción de sus obras. Sin embargo, los Estados Miembros pueden establecer la conocida como «excepción de copia privada«. Para ello, deberán establecer un sistema de compensación equitativa a los autores.
Austro-Mechana es una sociedad austríaca de gestión colectiva de derechos de autor. Dicha sociedad gestiona la mitad de lo recaudado por los cánones de copias privadas, que luego distribuye a los titulares de derechos de autor.
Esta entidad demandó a Amazon, en Austria, por no haber abonado el canon exigible por la primera venta, en territorio austríaco, de dispositivos y soportes aptos para la reproducción de obras protegidas por derechos de autor (tales como cintas vírgenes de cassette, CDs…).
Amazon llevó el asunto hasta el Tribunal Supremo de Austria, alegando que el sistema austríaco para la compensación equitativa de los autores era contrario al Derecho de la UE (en concreto, al art. 5.2.b de la Directiva 2001/29).
En el sistema austríaco de compensación equitativa, el canon por copia privada se cobra en todas las ventas de estos dispositivos. Ello, con independencia de que tales ventas correspondan a intermediarios; personas físicas o jurídicas, para usos no privados; o personas físicas, para usos privados.
El Tribunal Supremo austríaco planteó, entonces, una serie de cuestiones al TJUE.
AMAZON V. AUSTRO-MECHANA (II): RESOLUCIÓN DEL CASO
El TJUE, en 2013, concluyó que:
(1) No es contrario al Derecho de la UE una normativa nacional que establezca un canon por copia privada sin distinciones. Para ello, deberá establecerse un derecho de devolución, real y efectivo, en aquellos casos que no constituyan un supuesto de copia privada (descrito en el art. 5.2.b de la D 2001/29).
(2) No es contrario al Derecho de la UE que, en el marco de un sistema de compensación equitativa como el de Austria, se presuma el uso privado de los soportes vendidos a particulares. Esto será posible siempre y cuando sea demasiado difícil comprobar si, efectivamente, se ha producido un uso privado. No obstante, el establecimiento de esta presunción no puede implicar la aplicación del canon a usuarios finales distintos de personas físicas que realicen un uso privado.
(3) El derecho a la compensación equitativa (financiada a través del canon por copia privada) no desaparece en los casos en los que la mitad de esa compensación se abona a instituciones en beneficio de los titulares (como ocurre con Austro-Mechana), siempre que ese beneficio sea efectivo.
(4) La obligación que impone un Estado Miembro de pagar al titular de los derechos un canon por copia privada no desaparece por haber abonado un canon análogo en otro Estado Miembro, si bien, quien lo haya abonado, tendrá derecho a solicitar su devolución.
Con las respuestas del TJUE en la mano, el Tribunal Supremo de Austria condenó a Amazon, en 2017, al pago de las correspondientes cantidades en concepto de canon por copia privada que había dejado de abonar.
PLEITO CONSUMIDORES DE E-BOOKS V. AMAZON
DATOS DEL CASO
Demanda conjunta presentada en el United States District Court Southern District of New York
PROCEDIMIENTO
1:21-cv-351
PARTE ACTORA
Shannon Fregmen, Mary Christopherson-Juve, Denise Deleon y otros
PARTE DEMANDADA
Amazon.com, INC.
MATERIA
Competencia — Prácticas colusorias — Fijación de precios en el mercado de e-books
CONSUMIDORES DE E-BOOKS V. AMAZON (I): CONTEXTO DEL CASO.
Ya sea por revolucionar el mercado de estos productos mediante su venta online, o con el lanzamiento de Kindle, es innegable el papel esencial de Amazon en el comercio de libros. Aunque, ahora, parece que no todo son aportaciones positivas.
En enero de 2021 saltaba la noticia. Se había presentado una acción conjunta en la que los consumidores estadounidenses demandaban a Amazon por acordar con cinco grandes editoriales la fijación de precios en el mercado de e-books.
Y es que esta situación no es nueva.
En 2013, Apple fue condenada por jugar un papel principal en un esquema similar. Consistía en pasar del modelo tradicional (donde el distribuidor de libros elige el precio de venta) a un modelo de agencia, donde el distribuidor (Apple) actúa como un mero agente que vende al precio fijado por la editorial.
Por este asunto, Apple tuvo que pagar 450 millones de dólares.
Años después, el mismo despacho que consiguió la condena contra Apple defiende los intereses de los consumidores contra Amazon.
*También en Europa se viene estudiando el posible comportamiento anticompetitivo de Amazon en este mercado.
CONSUMIDORES DE E-BOOKS V. AMAZON (II): LA DEMANDA
Por un lado, tenemos a Amazon (la única demandada). Por otro, a los cinco grupos editoriales más grandes de EE.UU., que en la demanda se definen como co-conspiradores: Hachette Book Group, HarperCollins, McMillan, Penguin Random House y Simon & Schuster. Todos ellos venden a través de Amazon.
Tras establecer los hechos, los demandantes acusan a Amazon y sus co-conspiradores de conductas anticompetitivas al usar las cláusulas Most Favored Nation (MFN) y otras como las “cláusulas de paridad”.
Mediante ellas, Amazon se convertía en una agencia de las editoriales, ofreciendo los mejores precios del mercado para los libros de estas empresas.
Tanto es así, que comprar en Amazon era más barato que comprar en las propias webs de las editoriales y, por supuesto, más barato que en otros competidores.
De esta manera, además de una restricción de la competencia, se obtiene una situación de monopolio sobre el mercado de retail de e-books en EE.UU.
La demanda termina pidiendo al juez que declare:
(1) Que los actos indicados suponen una conducta anticompetitiva y monopolística. |
(2) Que se cese en todas estas conductas. |
(3) Una declaración de los daños causados. |
PLEITO COMISIÓN EUROPEA V. AMAZON
DATOS DEL CASO
Procedimiento Antitrust de la Comisión Europea
PROCEDIMIENTO
AT.40462
PARTE ACTORA
Comisión Europea
PARTE DEMANDADA
Amazon / Amazon EU S.a.r.l
MATERIA
Competencia — Abuso de posición dominante — Uso de información privilegiada
PLEITO COMISIÓN EUROPEA V. AMAZON (I): CONTEXTO DEL CASO
En 2019, la Comisaria Vestager declaró que, a consecuencia del incremento del comercio electrónico, era necesario asegurar que las plataformas online no eliminan los beneficios que ello trae para los consumidores europeos. Por ello, se decidía poner el foco sobre las prácticas de Amazon.
Esta decisión se basaba en la preocupación de que Amazon podía estar usando información sensible obtenida de las operaciones que se realizaban en su marketplace.
En concreto, se creía que Amazon recogía datos sobre: vendedores terceros, los productos ofertados por estos o las transacciones realizadas por ellos.
El objetivo sería obtener información para sus propios fines comerciales, de manera que sus ofertas fueran las más ventajosas y, además, visibles en la llamada Buy-Box.
En noviembre de 2020, se comunicó a Amazon el resultado preliminar de las investigaciones para que realice alegaciones.
COMISIÓN EUROPEA V. AMAZON (II): OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN
La investigación de la Comisión se centra en dos cuestiones
(1) Los acuerdos entre Amazon y los vendedores que concurren a su marketplace, ya que en ellos se contienen cláusulas que permiten a Amazon usar datos de sus ventas.
Como proveedor de servicios, Amazon tiene acceso a datos reservados de los vendedores, tales como las unidades vendidas de los productos, los márgenes de venta, las visitas a sus productos, etc.
Los primeros resultados de la investigación apuntan a que Amazon incluye dichos datos reservados en sus sistemas para, básicamente, copiar los productos de la competencia que mejor funcionan y ofrecerlos en condiciones más ventajosas.
Si se confirma, supondría una infracción del art. 102 TFUE (abuso de posición dominante).
(2) El papel de esos datos en la selección de los oferentes incluidos en la Buy-Box.
La Buy-Box es el nombre que se le da al área del botón de compra en los productos de Amazon (ver imagen). En ella, aparece, cuando hay varios oferentes para un producto, el mejor, seleccionándose en función de varios parámetros.
Esto implica que, quien aparezca en la Buy-Box será, seguramente, quien se lleve la venta.
Por un lado, el uso de datos reservados podría permitir a Amazon mejorar sus ofertas y ser quien se coloque en esta Buy-Box. Por otro, se investigará la manera de seleccionar los ganadores de la Buy-Box y a los vendedores cuyos productos se muestran a usuarios Prime.
Si se confirma, también supondría una infracción del art. 102 TFUE.
Ejemplo de dos Buy-Box distintas. Una, ganada por Amazon; otra, por otro vendedor.
Este artículo se ha realizado por la redacción del equipo de EOB, si quieres contactar con nosotros mándanos un mail a info@enriqueortegaburgos.com