En esta ultima entrada del caso Miramax v. Quentin Tarantino. Como se ha visto en entradas posteriores, Tarantino decidió lanzarse al codiciado mercado de los NFTs, al lanzar siete NFTs con escenas exclusivas o secretas de Pulp Fiction, un film que marcó a la cultura pop de la década de los 90 y puso a Tarantino en el mapa de lo directores más aclamados de la industria.
Como se vio en entradas anteriores, el film fue adquirido por la productora cinematográfica Miramax, la cual se encargó de la producción y distribución a nivel mundial. Esta empresa sin duda vio el potencial del film de Tarantino, por lo que no perdió el tiempo para hacerse con los derechos de propiedad intelectual del film, quedando Tarantino con ciertos derechos, tales como el soundtrack, remakes o secuelas en la televisión o versiones en medios impresos como novelas y cómics.
Sin embargo, Tarantino vio en los NFTs un nuevo medio para expresar su creatividad y acercarse a sus fanáticos, por lo que se asoció con la empresa Secret Networks en la creación de siete NFTs, cada uno con contenido exclusivo relacionado con Pulp Fiction.
El lanzamiento de los NFTs de Tarantino causó bastante hype en los medios y redes sociales, por cuanto fue lanzada una página web y una cuenta de Twitter para los NFTs, donde se anunció que el lanzamiento de dichos activos digitales se haría en diciembre de 2021.
Ahora bien, desde Miramax se sintió que este lanzamiento perjudicaba sus derechos como propietario de los derechos de autor de Pulp Fiction. De hecho, la empresa ha destacado que el que Tarantino haya mantenido sus planes de comercialización de los NFTs, sin duda constituye una traición para una empresa que apoyó al cineasta en éxitos como Jackie Brown, Kill Bill Volumes 1 y 2, y por supuesto Pulp Fiction, siendo, para la empresa, una acción problemática de parte de Tarantino.
Miramax no perdió tiempo ante el lanzamiento de los NFTs, ya que procedió a enviar una carta de cese de uso a Tarantino, solicitando que detenga permanentemente el lanzamiento de la colección de NFTs. Sin embargo, al día siguiente del envió de la carta, la representación legal de Tarantino envió a Miramax un correo electrónico mediante el cual reafirmó sus intenciones de comercializar los NFTs de Pulp Fiction, lo que ocasionó que la empresa productora de cine no perdiera el tiempo en presentar una demanda.
En este sentido, Miramax presentó demanda contra Quentin Tarantino, la empresa de éste, Vision Romantica, Inc, y a un grupo de personas cuyas identidades no eran conocidas.
La demanda, que fue presentada ante el Tribunal de Distrito Central de California, el día 16 de noviembre de 2021. En la demanda, Miramax acusa a los demandados de haber cometido incumpliendo de contrato, infracción de marca, infracción de derecho de autor y actos de competencia desleal.
En relación al incumplimiento de contrato, Miramax alrga que Tarantino al comercializar los NFTs está incumpliendo los acuerdos de 1994 y 1994 en los cuales se otorga a Miramax todos los derechos de propiedad intelectual de Pulp Fiction a nivel universal como a perpetuidad.
Ahora conozcamos los argumentos a nivel de infracciones de marcas y de derecho de autor que Quentin Tarantino incurrió al comercializar los NFTs, según Miramax.
ARGUMENTOS EN RELACIÓN A LA INFRACCIÓN DE LOS DERECHOS DE AUTOR DE MIRAMAX
Ahora bien, en este punto Miramax alega en la demanda que el film Pulp Fiction es una obra original, cuyos elementos son sujetos a la protección del derecho de autor, tal como lo establece la norma de derecho de autor estadounidense (el Copyright Act). En este sentido, si bien Tarantino tiene un conjunto de derechos reservados sobre el film, Miramax es el titular de los derechos de autor de la obra, tal como lo indica en los certificados de derecho de autor PA0000704507 y VA0001224051.
Además, de dichos certificados, Miramax presentó los contratos en los cuales eran transferidos los derechos de autor de Pulp Fiction a su favor y los cuales fueron debidamente consignados ante la Oficina de Copyright de Estados Unidos.
Por lo tanto, el hecho de que Tarantino comercialice los NFTs de Pulp Fiction sin la autorización de Miramax, constituye una violación a los derechos de la empresa productora, tal como lo establece el Copyright Act. Además, estos hechos se agravan debido a que Tarantino los cometió con todo el conocimiento de que Miramax es el titular de los derechos de autor del film.
En consecuencia, las ganancias que se generen de la venta de los NFTs son ilegales debido a que provienen del daño causado a Miramax.
LA INFRACCIÓN DE LAS MARCAS PULP FICTION
En relación a las marcas, Miramax alega que el uso no autorizado de las marcas registradas de Pulp Fiction provoca que el público consumidor tenga la errónea creencia de que los NFTs de Pulp Fiction son directamente comercializados por ella, o que son producto de una colaboración o patrocinio o que han sido autorizados por la empresa productora de films. Cuando en realidad no existe una vinculación entre la empresa y los lanzamientos de los NFTs.
En consecuencia, los demandados están infringiendo el Lanham Act, la norma de marcas estadounidense. Además, como un agravante de estos hechos, Miramax alega que Tarantino conocía perfectamente los derechos que la empresa posee sobre la marca Pulp Fiction, por lo que la finalidad de Tarantino era la de causar confusión en el mercado, al hacer creer que se tratan de productos.
Por lo tanto, estos actos le han causado a la empresa productora daños a la reputación que Miramax ha ganado a través de la marca Pulp Fiction En este sentido, los daños causados por estos actos llegan a ser irreparables para la empresa.
ACTOS DE COMPETENCIA DESLEAL COMETIDOS POR TARANTINO
Ahora bien, la empresa productora de films también ha alegado que los demandados han incurrido en actos de competencia desleal, debido a que Tarantino está incurriendo en actos que tienen como finalidad generar confusión en el público consumidor al hacer creer que existe una afiliación entre Tarantino y Miramax, causando daños a la empresa productora de films en el ámbito comercial. Por lo que también existe actos de competencia desleal, ya que se está aprovechando de la fama y prestigio de Miramax y que le ha costado décadas.
EL PETITORIO DE MIRAMAX EN LA DEMANDA CONTRA TARANTINO
Debido a lo expuesto en líneas (y entradas anteriores), Miramax, LLC solicitó al Tribunal de Distrito Central de California, que admitiera la demanda y se ordenara la celebración de un juicio con jurados, o, a elección de Miramax, el pago de la máxima cantidad de dinero permitida y otros montos que acuerde en un juicio sumario.
También solicitó que se declare que los demandados incumplieron contrato, infringieron las figuras de las marcas y el derecho de autor de Miramax sobre el film Pulp Fiction, además de ordenar una medida que prohiba la continuación de la comercialización de los NFTs.
LA CONTESTACIÓN DE TARANTINO
Ahora bien, el día 21 de junio de 2022, Quentin Tarantino presentó la contestación a la demanda presentada por Miramax. En dicho escrito, Tarantino indica que los NFTs no violan los derechos de la empresa productora de films. En este sentido, en relación a la infracción de los derechos de autor, Tarantino menciona que Miramax malinterpreta conceptos fundamentales del derecho de autor. Uno de ellos es el hecho de que el propio guion del film es una obra original por sí misma que se encuentra protegida bajo el derecho de autor que precede al film, siendo este último una obra derivada.
En este sentido, Miramax es el titular de los derechos de la obra derivada, pero no de la original, por lo que la empresa productora no puede alegar ser titular de los derechos de autor del guion ni de los elementos que componen el mismo, ya que no fueron cedidos por Tarantino.
Además, Tarantino resalta que entre sus derechos reservados se encuentran el derecho de autor de guion, el cual se encuentra separado del film. En este sentido, los derechos sobre el guion, como los de publicación, la adaptación en otro film, secuelas, remakes.
En la contestación se resalta que los NFTs no contendrían escenas o partes del propio film Pulp Fiction, sino que contendrían partes del manuscrito del guion de Pulp Fiction y comentarios exclusivos de Tarantino, básicamente se basaba en el guion y no en el film. Además de resaltar que los derechos de Miramax sobre el film se limitaban solo en el film completo que se estrenó en los cines.
Por lo tanto, al contrato basarse solamente en el film completo que ha sido exhibido en los cines, y que no versa sobre el guion, Tarantino no ha infringido los derechos de la productora de cine.
Tarantino también alega que entre los derechos reservados que le fueron otorgados se encuentra la distribución del guion y la realización de obras derivadas del guion. En consecuencia, el director de films alega que la colección de NFTs de Pulp Fiction se encuentran entre sus derechos como titular del guion que dio origen al film.
Además, en relación a los alegatos de marcas y actos de competencia desleal, Tarantino alega que no cedió ningunos derechos de marcas en el contrato, ya que se reservó el uso del titulo Pulp Fiction en relación a los actos que se realicen sobre el guion del film. Por otra parte, no existen actos de competencia desleal, ya que el realizador es el creador del guion de Pulp Fiction.
EL ACUERDO MIRAMAX-TARANTINO
A pesar de los duros términos y los alegatos de Miramax y Tarantino, las partes del pleito pudieron llegar a un acuerdo que le puso fin a este pleito. En este sentido, el día 8 de septiembre de 2022, las partes presentaron al Tribunal la notificación del acuerdo que le puso fin a la demanda. En el escrito no se detalla las condiciones del acuerdo, solo la finalización del litigio.
En la nota de prensa que las partes hicieron pública se mencionó lo siguiente:
“Las partes han acordado poner fin a este asunto y buscan colaborar en futuros proyectos, incluyendo NFTs”.
Tarantino continua con su proyecto de los NFTs, cuya información se encuentra disponible en la página web Tarantino NFTs. Sin embargo, es interesante destacar que en esa página web ya no se encuentran las imágenes de Pulp Fiction.
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