En esta entrada conoceremos los detalles de la demanda colectiva presentada contra Louis Vuitton en Estados Unidos. La demanda fue presentada por Paula Theriot y Cheryl Doyle, quienes alegan que Louis Vuitton, a través de su probador virtual de lentes de sol, toma los datos privados de las personas sin su consentimiento, ya que se trata de una aplicación que usa la tecnología biométrica, la cual, para su funcionamiento necesita la recolección de los datos de sus usuarios.
Esta demanda demuestra que las empresas deben ajustarse a las normativas tecnológicas que los países están adoptando, pero también demuestra la importancia que tiene la tecnología, tanto en el mundo empresarial como en el derecho. Así que conozcamos los detalles de este caso.
EL PROBADOR VIRTUAL DE LOUIS VUITTON
Sin duda los avances tecnológicos que hemos vivido han modificado nuestra forma de vida, incluyendo el trabajo, el estudio, las compras y la moda. En este sentido, la forma de hacer compras ha comprado para siempre, ya que las compras en línea se han convertido en parte importante de nuestra cotidianidad, sobre todo a raíz de la pandemia cuando debido a los confinamientos nuestras actividades se digitalizaron aun más.
Por ello, muchas empresas dedicadas al retailer, tanto de productos de consumo masivo como de productos de lujo, han debido digitalizar sus operaciones, incluyendo sus operaciones retailer, instalando páginas webs y aplicaciones destinadas a hacer de la compra en línea una experiencia más amigable.
En este sentido, Louis Vuitton, empresa que forma parte del conglomerado LVMH, ha apostado por esta digitalización al implementar novedades, tales como aplicaciones gaming en teléfonos móviles, NFTs y los probadores virtuales o virtual try-on.
Los probadores virtuales o virtual try-on son aplicaciones que permiten a los usuarios probarse un producto de forma virtual antes de adquirirlo. De esta forma el usuario puede ver como le queda el producto de su preferencia adecuado a sus medidas. Sin duda esto hace aún más comoda y amigable la compra en línea.
Por lo que Louis Vuitton ya tiene aplicaciones de virtual try-on para que sus usuarios se prueben gafas de sol y zapatillas deportivas. En este punto, es preciso explicar que el funcionamiento del virtual try-on, sobre todo en los lentes, debe usarse la cámara de un ordenador o de un teléfono móvil, el cual toma la imagen del rostro del usuario, obteniendo sus datos biométricos.
LOS DATOS BIOMÉTRICOS Y SU REGULACIÓN
Los datos o información biométrica es la información que un dispositivo electrónico obtiene de las huellas dactilares o del iris de los ojos de una persona con la finalidad de identificar e individualizar a la persona. La información biométrica es única de cada persona. Al obtener los datos biométricos se puede hacer uso de la información personal y financiera de la persona, lo cual sin duda lo hace un tema muy delicado.
Por ello, debido a lo delicada que es la información biométrica, el estado de Illinois promulgó una ley denominada Biometric Information Privacy Act, conocida como BIPA Act. En dicha norma se tiene previsto que las empresas que obtenga datos biométricos deben obtenerse con el conocimiento y consentimiento del usuario, por lo que el usuario debe dar su consentimiento expreso para que al app pueda recopilar sus datos biométricos.
En el presente caso, los datos biométricos se obtienen cuando la cámara del ordenador o del teléfono móvil hace un escaneo del rostro. Ahora bien, la aplicación Try-On que se encuentra en la página de Louis Vuitton, en la cual el usuario puede probar las gafas de sol de la casa de modas. Para ello, en la página web de Louis Vuitton puede acceder a la aplicación a través del botón Try On, donde el usuario puede acceder a probase los lentes.
LA DEMANDA CONTRA LOUIS VUITTON
El día 8 de abril de 2022, Paula Theriot, quien vive en Illinois, actuando tanto bajo su nombre como en representación de la colectividad, presentó demanda contra la filial estadounidense de Louis Vuitton, Louis Vuitton North America. La demanda fue presentada ante el Tribunal de Distrito Sur de Nueva York.
En la demanda, Theriot narra que entre el 3 de noviembre de 2020 y el 19 de diciembre de 2021, visitó cuatro veces la página web de Louis Vuitton. En todas las visitas mencionadas, Therior procedió a usar la app virtual try-on, por medio de la cual se probó varios modelos de gafas de la empresa, pasando en promedio una hora usando la app virtual try-on.
Ahora bien, la demandante menciona que las cuatro veces que usó el probador virtual de gafas de Louis Vuitton, accedió a la app a través de su teléfono móvil. Para poder usar la app, Paula Theriot subió su foto a la página web.
Sin embargo, la demandante, antes de usar la app, leyó las condiciones de uso de la misma, pero no encontró ninguna referencia en relación a la recolección de la información biométrica del usuario, o algún tipo de referencia a la misma.
Por lo tanto, Paula Theriot no fue informada de que Louis Vuitton North America recolectaría sus datos biométricos al usar la app, y de haber sabido esto no hubiera usado la aplicación. En este sentido, la demandante menciona que Louis Vuitton North America nunca obtuvo su permiso para usar sus datos biométricos por medio del escaneo a su rostro, ya que nunca fue informada de dichos actos, ni siquiera sabe si la información sería transferida a terceras personas.
Paula Theriot es enfática al señalar que nunca le dio por escrito el consentimiento a Louis Vuitton North America para que recolectara o guardara sus datos biométricos. Por lo que la empresa ha infringido lo previsto en el BIPA Act, el cual establece que entidades privadas que recolectan informaciones biométricas deben tomar pasos que le den seguridad a la informaciones recolectada.
Según el BIPA Act, para hacer un uso seguro de la información biométrica recolectada, la empresa debe obtener el consentimiento del usuario antes de recolectar dicha data, además, en el consentimiento deben indicar a la persona el uso que tendrá la información biométrica recolectada y establecer un periodo para su destrucción.
También el BIPA Act establece que las entidades privadas que recolectan los datos biométricos tienen prohibido divulgar o diseminar de alguna manera la información biométrica de la persona si no se tiene su autorización o consentimiento expreso. El BIPA Act establece las sanciones y reparaciones que tendrá la empresa que no cumpla con dicha disposición.
En este punto, hay que resaltar que la propia demandada menciona que la app virtual try-on para gafas fue creada por la empresa FittingBox, que es la propietaria de esta tecnología usada por Louis Vuitton North America.
Además, la demandante señala que las personas afectadas por los actos realizados por Louis Vuitton North America serían no menos de 10 mil personas, pero pueden ser más, por lo que esas personas pueden unirse a la demanda en su carácter de demandante. Por los actos realizados por Louis Vuitton North America y la cantidad de personas perjudicadas, la acción se trata de una demanda colectiva, tal como lo establece el Federal Civil Rule Procedure, normativa adjetiva del derecho civil estadounidense.
En este sentido, Paula Theriot solicita al Tribunal que la demanda sea admitida como una demanda colectiva, que la demandante sea la representante de los afectados en la demanda, que declare con lugar la demanda presentada, ordenar a la demandada el pago de los daños causados, lo cual asciende a más de 5 millones de dólares; una orden solicitando a la demandada el cumplimiento del BIPA Act.
Además, la demandante también solicita el Tribunal ordene a Louis Vuitton que haga una declaración donde revele si posee identificadores biométricos y cual es su uso de los datos biométricos, y que prepare una notificación pública sobre el uso de los datos biométricos que recolecte y su política de destrucción.
Ahora bien, Louis Vuitton North America, en su contestación, solicitó al Tribunal que desestime la demanda, ya que Paula Theriot no mencionó el daño que le causó los actos de Louis Vuitton o que tipo de perdidas tuvo. Además, mencionó que el Tribunal no tendría jurisdicción en conocer el caso, por cuanto la demanda está fundamentada en una norma de Illinois y la demanda se encuentra en el estado de Nueva York. Tambiên añadió que la app no es de su propiedad.
El Tribunal del caso, en diciembre de 2022, emitió su decisión en relación a la solicitud presentada por Louis Vuitton North America. En su decisión, el Tribunal neoyorquino admitió en parte la solicitud de desestimación de la demanda presentada por Louis Vuitton, ya que la demandante no logra hacer ver qué tipo de daños sufrió por la no publicación de la recolección de datos.
Sin embargo, el Tribunal de Nueva York reconoce que tanto la empresa creadora de la app como Louis Vuitton tienen acceso a información biométrica de los usuarios sin su consentimiento. Por otra parte, menciona que la demandante es residente de Illinois y los hechos ocurrieron en ese estado, por lo que es aplicable la norma BIPA en este caso. Por lo que la casa Louis Vuitton tendrá que ir a juicio por infracciones de datas.
Sin embargo, no puede decirse que el caso no pueda terminar antes de una sentencia, ya que ls artes pueden llegar a un acuerd0. En este punto indicar que emPresas del sector de las gafas, como Luxottica también han sido demandadas por el uso de datos biométricos.
PARA LEER LA DEMANDA COLECTIVA CONTRA LOUIS VUITTON, HACER CLIC AQUÍ (EN INGLÉS)
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