Enrique Ortega Burgos

LAS MARCAS DE GARANTÍA. PARTE 2

MARCAS DE GARANTIA

En esta entrada continuamos conociendo la figura de las marcas de garantía, también conocidas como marcas de certificación. En una entrada anterior vimos que estas marcas son signos que se encargan de indicar que un producto o servicio cumple con un determinado estándar bien sea en su funcionamiento, calidad, producción, ingredientes o cualquier otra cualidad que sea certificada  por una determinada organización competente en la materia.

Ahora bien, las marcas de garantía forman parte del grupo de marcas grupales junto con las marcas colectivas, ya que su titular no puede ser una persona natural o una empresa cuya actividad económica sea la misma que se va a certificar.

Igual que las marcas colectivas, el uso de las marcas de garantía está sujeto a un reglamento de uso mediante el cual una organización determina cómo las empresas que han sido reconocidas en cumplir  deben usar su marca, además, las empresas reconocidas  deben pagar por una licencia de uso de la marca de garantía.

El titular de la marca de garantía es una entidad de certificación, también conocida como organismos certificadores, los cuales tienen como certificar, establecer unos controles y realizar las auditorias necesarias para garantizar que un producto o servicio cumple con sus estándares. Así que continuemos conociendo más sobre las marcas de garantía o de certificación.

 

LAS ENTIDADES CERTIFICADORAS

 

 

Ya en la entrada anterior esbozamos la definición de las entidades de certificación, así que ahondemos un poco más en ellas.  Otro concepto de entidad certificadora es la siguiente: “Una entidad certificadora de calidad es una empresa de servicios profesionales que tras realizar  un análisis certifican y garantizan que el servicio o producto que una empresa  desea certificar  sigue la normativa  y tiene  implantados  los requisitos que se le solicitan”.

El objetivo de trabajar con una certificadora de calidad es que una entidad externa, que goza de reconocimiento y prestigio, evalúe  y apruebe los procesos de una empresa. Para las empresas, contar con una certificación o garantía es importante y beneficioso para la reputación de su negocio, ya que se tiene la certeza de la calidad en sus procesos y al tener el reconocimiento se incentiva a mantener tales estándares de calidad.

Además, representa una ventaja competitiva para las empresas debido a que ayuda a posicionar el producto o servicio en el mercado interno y puede ayudar a establecer el posicionamiento a nivel internacional.

 

REGLAMENTO DE USO DE LAS MARCAS DE GARANTÍA

 

Uno de los puntos en común que tienen los dos tipos de marca grupales, es decir, las marcas colectivas y de garantías, es que el uso de las mismas se rigen por un reglamento.

El reglamento de uso de la marca de garantía debe establecer las medidas de control que debe implantar el titular de la marca y las sanciones aplicables; la calidad, los componentes, el origen o cualquier otra característica de los productos o servicios.

También debe establecer las características  garantizadas por la marca y cómo se ejercerá  el control de calidad antes y después de autorizarse el uso de la marca; debe indicarse los productos o servicios que podrán ser objeto de certificación o garantía por su titular.

En el mismo reglamento debe definir las características  garantizadas por la presencia de la marca y describir la manera en la que se ejercerá el control  de las características antes y después de autorizar el uso de la marca.

En las legislaciones de algunos países se ha establecido que el reglamento de uso de las marcas de garantía deben ser previamente aprobados por la autoridad administrativa competente en la materia de los productos o servicios de la cual trata la marca.

La legislación de la Unión Europea establece en relación al reglamento de uso de las marcas de garantía o certificación que el mismo debe ser presentado en un plazo de dos meses a partir de la presentación de la solicitud de la marca.

Además, la norma europea establece que el reglamento de uso de las marcas de garantía debe establecer los siguiente: las características de los productos o servicios que la titular va a certificar, las condiciones de uso de la marca, las pruebas y medidas de supervisión que el titular de la marca va a aplicar.

 

LICENCIA DE USO DE LAS MARCAS DE GARANTÍA

 

Un aspecto muy interesante de las marcas de garantía o de certificación es que el usuario de la marca debe tener una licencia otorgada por el titular de la marca, que en este caso es la organización que certifica la característica de la marca o servicio.

En este sentido, es importante destacar que la organización certificadora nunca usa la marca directamente. El contrato de licencia de uso está sujeto al cumplimiento que el usuario de la marca haga del reglamento de uso de la marca.

 

REGISTRO DE UNA MARCA DE GARANTÍA

 

 

Como se ha reiterado en anteriores entradas, la materia de las marcas es territorial, es decir que los países en sus legislaciones establecen las normas para el procedimiento, control y protección de las marcas.

En materia de esta clase de marcas, obviamente cada país establece el procedimiento para su registro. Generalmente, el proceso de registro de la marca se realiza de forma electrónica. En la Unión Europea el interesado, mejor dicho, la entidad u organización debe especificar en su solicitud los productos o servicios que desea proteger, por lo que tal indicación tiene que ser igual a la indicación de productos o servicios del reglamento de uso. Las tasas por el registro de estas marcas de garantía tienen un costo de 1,500 euros.

En la solicitud de registro de este tipo de marcas la organización interesada debe presentar una declaración  en la que indica  que solicita una marca de certificación de la Unión Europea.

Por su parte, el registro de estas marcas en Estados Unidos es básicamente el mismo que el de las marcas individuales, esto es, identificación de la solicitante, indicación de los productos o servicios, la clase internacional, descripción de la marca, el tiempo que tiene en uso o cuando planea comenzar a usarla y, obviamente, los pagos necesarios.

Ahora mencionamos lo que establece en su legislación de marcas el gigante sudamericano, Brasil. En este sentido, el procedimiento de registro de una marca de certificación es similar al de las marcas individuales, la Ley de Propiedad Industrial de ese país establece que al momento de hacer el examen de la solicitud, se verifica  si la naturaleza de la actividad que realiza la solicitante de la marca, si se encuentra que tiene algún interés  directo, se niega la solicitud.

 

CAUSAS PARA LA NEGATIVA DE REGISTRO DE UNA MARCA DE GARANTÍA

 

Ahora que ya nos hacemos una idea de como es el procedimiento para registrar  una marca de garantía, ahora pasaremos cuáles son las causales de negativa de las solicitudes de registro de estas marcas.

En este sentido, en la Unión Europea, una de las causas más graves para rechazar una solicitud de marca de garantía es el titular de la marca. Al respecto, la legislación europea ha previsto que el titular de la marca de garantía  no puede  ser un persona que desarrolle una actividad empresarial  dedicada  al suministro de los productos  y servicios del tipo certificado.

Por lo tanto, el titular de este tipo de marca no puede usarla de forma directa en relación a los productos o servicios que la marca distingue. Esto porque se considera que el titular de una marca de certificación debe tener un principio de independencia.  El principio de independencia consiste en que un organismo de certificación debe actuar de forma neutral e independiente, es decir que no va a certificarse a sí mismo ni en su calidad, procedimiento y procesos.

De hecho, esta causa de negativa de estas marcas es prácticamente común en prácticamente todas las legislaciones.

Ahora bien, una prohibición en relación al registro de estas marcas que es particular en la legislación europea es que no pueden presentarse para distinguir productos en relación a su origen geográfico, es decir que no puede certificarse el origen geográfico de un producto bajo la marca de garantía en la Unión Europea. Sin embargo, en varios países, como Australia o Estados Unidos, sí se usa esta figura para proteger el origen geográfico de los productos.

Además, en este tipo se aplican los criterios tradicionales para la negativa de marcas, esto es que sea igual o parecido a una marca ya registrada y que distingan los mismos productos o servicios, y también que vaya en contra de la moral y las buenas costumbres. Igualmente que en las marcas colectivas, en las de garantía la falta de reglamento puede ocasionar su negativa de registro.

Sin duda, al esta ahondando en esta figura ya vamos notando sus diferencias con las colectivas. Su principal función es servir de indicador de un estándar que una empresa determinada está teniendo en su ramo. Esto es importante por varios factores, bien sea para incentivar la calidad de los actores de la economía, a la vez que se le genera confianza al consumidor de un producto o al usuario de un servicio en el sentido de que obtendrá lo que espera al momento de hacer su adquisición.

 

SI QUIERES CONOCER MÁS SOBRE LAS MARCAS,  TE RECOMENDAMOS LAS SIGUIENTES ENTRADAS

LAS MARCAS COLECTIVAS. PARTE 1

LAS MARCAS COLECTIVAS. PARTE 2

LAS MARCAS COLECTIVA. PARTE 3

MARCAS NO CONVENCIONALES 1

MARCAS NO CONVENCIONALES 2

MARCAS NO CONVENCIONALES 3

MARCAS NO CONVENCIONALES 4

LA MARCA ESLOGAN

PROTECCIÓN DE LA APARIENCIA DE LOS LOCALES

TE RECOMENDAMOS LAS SIGUIENTES PUBLICACIONES SOBRE FASHION LAW QUE PODRÁS ADQUIRIR EN AMAZON.

 

Fashion Law (Derecho de la moda): 963 (Gran Tratado)
Tratado De Derecho De La Moda (Fashion Law): Volumen 1: Propiedad Industrial e Intelectual, Contratación mercantil, Derechos de las nuevas tecnologías, penal y aduanas: 1351 (Gran Tratado)
European Fashion Law: A Practical Guide from Start-up to Global Success (Elgar Practical Guides)
Fashion Law: A Guide for Designers, Fashion Executives, and Attorneys
Fashion Law: Direito da Moda (Monografía)
Derecho de la moda en Iberoamérica (Fashion Law) (Gran Tratado nº 1302)
-
58,00 EUR
72,34 EUR
74,69 EUR
93,68 EUR
157,34 EUR
123,49 EUR
Fashion Law (Derecho de la moda): 963 (Gran Tratado)
58,00 EUR
Tratado De Derecho De La Moda (Fashion Law): Volumen 1: Propiedad Industrial e Intelectual, Contratación mercantil, Derechos de las nuevas tecnologías, penal y aduanas: 1351 (Gran Tratado)
72,34 EUR
European Fashion Law: A Practical Guide from Start-up to Global Success (Elgar Practical Guides)
74,69 EUR
Fashion Law: A Guide for Designers, Fashion Executives, and Attorneys
93,68 EUR
Fashion Law: Direito da Moda (Monografía)
157,34 EUR
Derecho de la moda en Iberoamérica (Fashion Law) (Gran Tratado nº 1302)
-
123,49 EUR

 

Salir de la versión móvil