Enrique Ortega Burgos

PEQUEÑO COMERCIO, REDES SOCIALES, INSTAGRAM Y COVID19

En este artículo voy tratar un aspecto del Derecho de la Moda, Fashion Law, que tiene que ver con el pequeño comercio, muy afectado por la crisis del COVID19, la necesaria adaptación de éstos a las circunstancias nuevas, la actualización de sus webs a la venta online, las ventas por otros canales menos estáticos como son Instagram o whatsapp, las oportunidades que se abren y los peligros de precipitarse al hacerlo. Asesorarse por abogados especialistas para enfrentar las negociaciones de sus contratos con proveedores y  arrendadores, así como las necesarias sinergias con instagramers.

Nos encontramos en un momento crítico en muchos aspectos, principalmente tenemos un gravísimo problema de salud pública, al que, de momento no vemos salida.

Además, contemplamos con inquietud como nos vamos alejando de la normalidad que conocíamos y en concreto el sector de la moda se enfrenta a un futuro incierto en el que toca reinventarse, el pequeño comercio, el que se dedica a la venta productos no esenciales, y la hostelería se han visto abocados a un cierre inmediato que ha paralizado totalmente su actividad de forma fulminante, la vuelta se nos antoja cuanto menos complicada y sobre todo, va a ser diferente.

Todos los agentes del sector de la moda debemos reinventarnos, adaptarnos y convertir las dificultades en oportunidades, sin duda las mejores ideas surgen en los momentos de crisis y no nos queda más remedio que renacer.

 

ACTUALIZACIÓN WEBS Y REDES SOCIALES.

 

Las nuevas tecnologías nos están abriendo al mundo, nos mantienen cerca de nuestros familiares, amigos y aunque siempre se han utilizado, desde su surgimiento, es vital utilizarlas ahora para el negocio. Las grandes marcas de moda lo han hecho siempre, pero al pequeño comercio no le ha pillado precisamente todo lo preparado que debía.

A pesar de que las redes sociales llevan tiempo con nosotros, son pocos los comercios pequeños que estaban adaptados para la venta de sus productos online. En su mayoría, da igual dónde se encuentren, disponen de una cuenta de Instagram, una de Facebook y una web, en el mejor de los casos, pero, hablamos de una mayoría y no de honrosas excepciones, no las prestaban demasiada atención, no tenían hechas las actualizaciones, etc…Sin duda ahora, ponerlas en marcha, es lo más urgente!!

Desde el Rd 463/2020 de 14 de Marzo, por el que se decretó el Estado de Alarma, queda claro que al comercio minorista, todas las tiendas de moda (Ropa, Calzado y Complementos) la única vía de mantener la actividad que tienen es internet, teléfono y correspondencia, tal como se indica en su Art. 10.1:

“ Se suspende la apertura al público de los locales y establecimientos minoristas, a excepción de los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, establecimientos farmacéuticos, médicos, ópticas y productos ortopédicos, productos higiénicos, peluquerías, prensa y papelería, combustible para la automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, comercio por internet, telefónico o correspondencia ,tintorerías y lavanderías. Se suspende cualquier otra actividad o establecimiento que a juicio de la autoridad competente pueda suponer un riesgo de contagio”

 

Esta necesidad no puede llevar a los comercios de moda a la improvisación y sobre todo a descuidar sus obligaciones legales.

 

Es necesario no descuidar lo principal y que actualicen a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos Personales y garantía de los derechos digitales y al Reglamento de la UE 2016/679 de 27 de Abril de 2016 (RGPD) todos los textos de la Web (Requisitos legales Protección de Datos, Ley Comercio Electrónico  y de la Sociedad de la Información, Privacidad, Aviso Legal, Condiciones de Venta y contratación).

Es un buen momento para revisar todo lo relativo a la protección de datos personales y tener el comercio adaptado a la normativa actual, es muy habitual en el pequeño comercio tener sin actualizar esas web y ahora, que se incorpora la venta online, es fundamental para evitar sanciones.

 

VENTA ONLINE, VENTA A TRAVÉS DE INSTAGRAM O POR WHATSAPP

Además de la venta online a través de la web, es muy dinámico y eficaz realizar ventas directas a través de whatsapp y de Instagram. Esto, obviamente, en este momento, es una forma estupenda de dar salida a todos los productos en stock, sin embargo, hay que tener en cuenta la legislación en materia de comercio electrónico, garantizar a los consumidores todos los derechos, que en este tiempo se mantienen y se han incrementado además, tal como indica el RD 8/2020 en su Artículo 21, la interrupción del plazo para la devolución de productos durante vigencia del estado de alarma:

“Durante la vigencia del Estado de Alarma o sus posibles prórrogas, se interrumpen los plazos para la devolución de los productos comprados por cualquier modalidad, bien presencial bien on-line. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el Estado de Alarma o, en su caso, las prórrogas del mismo.”

Por tanto, es recomendable que los comercios se asesoren legalmente, con abogados especialistas, en estos aspectos y que realicen sus ventas online con total seguridad, sea por el canal que sea, en cualquiera de ellos hay que cumplir la ley.

 

ASESORAMIENTO PARA CONTRATOS.

Además, el pequeño comercio se va a ver en la necesidad de renegociar contratos con arrendatarios, negociar con proveedores, con el fin de llegar al momento de la reapertura de sus comercios centrados en volver a ponerlos en marcha, sin apuros ni estrés. Los múltiples Reales Decretos, han introducido moratorias, obligatoriedad de negociación de aplazamiento de rentas, etc que es importante tenerlas en cuenta, por lo que, asesorarse antes de establecer la comunicación con el arrendador, proveedores, etc, para hacer todo este tipo de negociaciones con absolutas garantías y seguridad jurídica, es fundamental.

 

INFLUENCERS PARA PEQUEÑO COMERCIO.

Por último, creo que los comercios de moda tienen una herramienta buenísima en las microinfluencers de Instagram que tienen en su zona, normalmente tienen seguidores cercanos, por lo que se dirigen concretamente al público objetivo de los comercios de la ciudad o de las provincias limítrofes, es una forma fantástica de darse a conocer. La figura de instagramer para el pequeño comercio es ahora mismo una opción para visibilizar los productos y además, si se eligen bien las personas, puede difundir los productos haciendo directos, que en este momento están muy de moda, y se crean unas sinergias muy interesantes. Sin embargo, esta relación debe estar también controlada y ajustada a la ley, hay que tener en cuenta que es un contrato, verbal o escrito, que se crean unas obligaciones y existe una prestación de servicio, que es una relación comercial y hay que regularla, sin ese contrato se corren riesgos que puede hacer contraproducente la relación.

El pequeño comercio, estoy segura que va a salir reforzado de esta situación, porque van a actuar con la inteligencia suficiente como para resurgir con más fuerza que nunca, hay que crear redes de apoyo para intentar mantener un sector tan importante para la economía y para la sociedad.

 

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