Enrique Ortega Burgos

LAS CRYPTOKICKS DE NIKE

¿Hasta dónde está dispuesta a llegar Nike para permanecer actualizada? ¿Hay algún límite?

 

La famosa marca deportiva Nike ha anunciado recientemente un cambio de estrategia en sus canales de venta, reduciendo la distribución en los comercios minoristas y apostando por la venta digital.

 

¿EN QUÉ CONSISTE LA NUEVA ESTRATEGIA?

 

A principios de este año, la Oficina de Patentes y Marcas de los EEUU ha autorizado la nueva patente de Nike: las Cryptokicks. Se trata de unas nuevas zapatillas vinculadas al blockchain. Su intención con esta novedad es crear una plataforma de comercio online basada en las criptomonedas a través del blockchain Ethereum.

Imagen: https://www.pinterest.es/pin/479351954088387412/

¿CÓMO FUNCIONA?

 

A cada modelo de zapatillas se les asocia un código que funciona como identificador único, y establece una relación entre el producto y su propietario. Cuando se venden dichas zapatillas, tenemos dos vías de transacción: la entrega del calzado físico y el intercambio de activos digitales.

 

Pero ¿qué significa toda esta terminología? y ¿qué alcance de protección e importancia tiene el blockchain para Nike?

 

PRECISIONES TERMINOLÓGICAS

 

www.nicekicks.com

Blockchain: se trata de una especie de libro contable donde se almacenan operaciones (por ejemplo, transferencias) por bloques, a las que sus usuarios tienen acceso. A cada bloque se le asigna un hash, un código que compacta la información de un bloque y la pasa al siguiente. Esta dinámica se repite hasta formar una cadena.

 

La ventaja que aporta este sistema es que funciona de forma descentralizada y a la vez es prácticamente imposible falsear datos, debido a que todos los ordenadores de una red de blockchain hacen un análisis del hash del bloque anterior, verificando así la operación antes de que pase a formar parte del siguiente bloque.

 

Nike ha optado por utilizar el blockchain Ethereum. Se trata de una plataforma digital cuya moneda “ether” es un token que puede ser utilizado para las transacciones que se realicen dentro de esta plataforma. Igual que el bitcoin, está fuera de control gubernamental y tiene una capitalización significativa, aunque volátil.

 

Ethereum funciona a través de un software conocido como contrato inteligente. A diferencia de un contrato tradicional, los términos de la relación en el contrato inteligente se cumplen escribiéndolos en código y se ejecutan automáticamente en la fecha que ambas partes han acordado, lo cual supone una ventaja en cuanto a tiempo de cumplimiento. El problema de este sistema, debido a su naturaleza, reside en que los errores que puedan surgir en el momento de creación del contrato pueden dar a lugar a resultados no deseados e inmodificables. Más adelante profundizaremos sobre la problemática que presenta.

 

Criptomoneda: en términos simples, dinero digital. Se almacenan en un monedero o cartera digital.

 

Cuando las deportivas se vendan a otra persona, los activos digitales resultantes del intercambio podrán ser almacenados en un armario digital o billetera de criptomonedas. Con estos activos el usuario podrá adquirir un nuevo par de zapatillas, también procedentes de un proveedor verificado por el blockchain.

 

Token: se puede definir como una unidad de valor emitida por una entidad privada. Es un concepto más amplio que el famoso bitcoin del que todos hemos oído hablar, ya que se le proporcionan más usos que la mera función de divisa.

 

En este caso, Nike ha configurado el token como un derecho de propiedad susceptible de ser transferido, y, además como garantía para combatir las falsificaciones. El token se desbloquea mediante un código de 10 dígitos que figura en la caja de las zapatillas, y así se vinculan directamente con su usuario, permitiéndole una experiencia de compra más personal a través de 2 canales:

 

1. Desarrollando campañas publicitarias para los propietarios de Cryptokicks en las que se regalmen complementos.

2. Permitiéndoles personalizar su diseño de acuerdo a sus necesidades.

 

De hecho, a cada token se le atribuyen una serie de datos relativos al diseño de la zapatilla que la hacen diferenciarse digitalmente de las demás. Nike permite que los usuarios que compren unas Cryptokicks puedan modificar el diseño juntándolo con el de otro calzado digital de la marca- independientemente de quién sea su propietario.

 

De esta forma se establece un vínculo más íntimo con sus clientes, con lo que se cumple su pretensión de un canal de venta basado en lo que la propia firma ha definido como “consumerdirect acceleration”. Por otro lado, es una estrategia bastante útil a la hora de determinar la demanda de los clientes.

 

Pero esta no es la primera muestra de la intención de Nike en encabezar el camino hacia el progreso y adaptar las nuevas tecnologías a sus productos.

 

FOOTWARE, COMBINACIÓN ENTRE CALZADO Y SOFTWARE

Las nuevas Nike Adapt BB

 

Imagen: https://www.nike.com/us/es/adapt

Estas innovadoras zapatillas cuentan con un sistema de cordones que pueden ser ajustados electrónicamente a la forma de los pies del usuario, con el fin de aportar un ajuste perfecto para cada actividad que realice. Por otro lado, la aplicación también permite cambiar el color de las luces incrustadas en las zapatillas, otorgando una mayor personalización y adaptación a los gustos del usuario.

 

No es la primera vez que Nike lanza un modelo con sistema de ajustado automático: sus predecesoras son las Nike HyperAdapt 1.0. Éstas contaban con la desventaja de no adaptarse a lo largo de la actividad física, por lo que la tecnología de Nike dio un paso más y configuró un sistema de ajuste automático a través de sensores. Calculan la tensión necesaria para el pie y se ajustan a éste con el fin de asegurar un riego sanguíneo adecuado en cada momento del ejercicio, y por supuesto, la comodidad tan ansiada por los deportistas.

 

Es evidente que Nike está encabezando una nueva generación de venta online que va a destruir las barreras de lo que conocemos actualmente. Y no solo por ser pionero en la venta a través de blockchain, sino también por su apuesta por introducir la tecnología en sus productos.

 

No obstante ¿a qué se enfrentan realmente Nike y sus usuarios al introducirse en un sistema donde la regulación es prácticamente inestable y poco perfilada?

 

LOS CONTRATOS INTELIGENTES Y SU PROBLEMÁTICA

 

Podemos describir la regulación del sistema, o Derecho Cripto, como algo todavía sin desarrollar completamente ni adaptado a las vicisitudes de su realidad: como un bebé recién nacido a la espera de conocer el funcionamiento del mundo exterior. Es por ello que plantea una lista de problemas estructurales, entre los cuales destaca la problemática de los contratos inteligentes que hemos mencionado antes. La lista es demasiado larga, por lo que únicamente voy a mencionar los aspectos que, en mi opinión, pueden plantear más dolores de cabeza a las partes.

 

Se parte de una concepción de propiedad que no es ajustada a la realidad, por el mero hecho de que la propiedad que confiere el token- llamada propiedad inteligente- no puede ser considerada como un derecho real por 2 motivos:

 

1.No figura como un supuesto legalmente tasado en nuestro ordenamiento jurídico.

2. Por su configuración, no se trata de un derecho absoluto oponible erga omnes, porque es imposible probar que no se ha transmitido más de una vez. Es cierto que el blockchain impide su múltiple disposición, no obstante, no se garantiza que exista una única transacción ya que es posible que el titular haya repetido este procedimiento con otra base de datos o “registro distribuido”

 

¿Qué garantías tendrían los usuarios frente a los tribunales si se presenta tal problemática? En España, por ejemplo, tendríamos que recurrir a las figuras conocidas del derecho de la propiedad, pero nos supondría un problema añadido el hecho de que el token no pueda servir como prueba de la titularidad de la propiedad.

¿Sería posible reclamar a Nike por no ofrecer un control sobre las transacciones de tokens o la responsabilidad recaería íntegramente en las partes contratantes? La firma por ahora no se ha pronunciado sobre dicha cuestión, pero podemos hacernos una idea de cuál será la respuesta.

 

Por otro lado, los contratos inteligentes no pueden ser definidos como contratos como tal, sino como un código de comandos autoejecutables, que produce consecuencias en las esferas jurídicas de los contratantes- debido a que ambos consienten y configuran dichos comandos. Hay sectores de la doctrina que los conciben como una evolución de los actuales contratos electrónicos, no obstante, la posibilidad de haber sido creados de forma masiva por máquinas sin voluntad – y que no pueden prestar consentimiento alguno- hace imposible que no se aprecie cierta inseguridad jurídica.

 

Y es que ¿qué regulación existe sobre los contratos inteligentes? En España la respuesta es: ninguna.

 

¿Qué pasaría si nos enfrentáramos a un error de configuración de las condiciones autoejecutables? Se produciría un resultado no deseado y por lo tanto habría insatisfacción del interés de las partes. Nuestro Código Civil contempla el error como un vicio del consentimiento (art 1265) y, por lo tanto, cabría que el contrato fuera declarado nulo.

 

Parece que por ahora podemos aplicar la regulación actual a ciertas situaciones, no obstante, si la complejidad de los problemas aumenta exponencialmente y aparecieran figuras propias de los problemas del mundo Crypto- lo cual sucederá eventualmente- nos veríamos en la tesitura de necesitar una regulación más adecuada a la nueva realidad.

 

CONCLUSIONES

 

Después de rascar la superficie de lo que es el blockchain y el Derecho Cripto, podemos concluir que Nike, a la vez que está impulsando positivamente la implementación de las nuevas tecnologías en el sector de la moda, se está metiendo en un berenjenal sin regulación.

 

Hasta cierto punto puede resultarle beneficioso, no obstante, no debemos ignorar que la seguridad jurídica es un elemento fundamental en todas las relaciones contractuales, y la falta de ésta, así como el desconocimiento generalizado del funcionamiento del blockchain por los particulares, podría augurar una frustración de los planes de Nike.

 

Si quieres conocer más sobre la tecnología de Nike, te recomendamos:

Nike y la tecnología 1

Nike y la tecnología 2

Nike y la tecnología 3

 

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