Enrique Ortega Burgos

LA MODA DE LOS MEDICAMENTOS

@wayhomestudio

LA MODA DE RECOMENDAR MEDICAMENTOS

 

Indudablemente las redes sociales son una fuente inagotable de consejos y recomendaciones, pero se ha de tener cuidado con aquellos productos que se recomiendan.

El año pasado la prensa digital se hizo eco de la problemática surgida por influencers de moda y belleza que recomendaban cremas para distintos problemas de la piel, pero el quiz de la cuestión es que las cremas que recomendaban no eran productos cosméticos, sino medicamentos. Esto supuso que tanto en el ámbito médico, concretamente los dermatólogos, como en el ámbito farmacéutico pusieran el grito en el cielo y denunciaran esta cuestión, no por intrusismo, sino por la sencilla cuestión que sólo el médico puede prescribir medicamentos y el farmacéutico dispensarlos, puesto que ciertas pomadas, aunque sean cremas no son productos cosméticos, sino medicamentos.

 

INFLUENCERS RECOMIENDAN MEDICAMENTOS Y COMO SE DEBEN SUMINISTRAR.

 

@wayhomestudio

El caso concreto fue que varias influencers estaban recomendando un tratamiento médico que prescriben los dermatólogos para tratar el acné, en lugar de dar consejos de cómo tapar las espinillas o los granos con productos cosméticos. Específicamente, se trataban de unas toallitas impregnadas en eritromicina, es decir, un compuesto que se trata de un antibiótico y que debe ser pautado por profesionales sanitarios.

Así pues, tras las recomendaciones de estas influencers “sanitarios” el Consejo General de Colegios de Farmacéuticos detectó una elevada demanda de las mencionadas toallitas, quien también alarmó de las recomendaciones de otros medicamentos, como eran pomada para tratar infecciones o para el tratamiento de úlceras en la piel e indicaciones para tomar un antigripal.

No obstante, el recomendar medicamentos “que a uno le va bien”, no es una cuestión nueva que haya surgido de las redes sociales, cuantas veces se habrá escuchado que lo mejor para las ojeras y bolsas de los ojos son medicamentos destinados al tratamiento de las hemorroides. Medicamentos que realmente y según su prospecto “es un anestésico local por la acción de la benzocaína y un vaso constrictor de la efedrina”, es decir, esta pomada contiene una sustancia que actúa bloqueando la conducción de los impulsos nerviosos (benzocaína) y otra que puede reducir la sensación de fatiga e incrementar el estado de alerta, además de aumentar el metabolismo en los tejidos (la efedrina). Por esta cuestión es muy importante acudir a un profesional sanitario, ya sea el dermatólogo (que conoce de las enfermedades de la piel) o al farmacéutico (conocedor de la composición de los medicamentos) para que prescriban o recomienden el tratamiento más adecuado a cada persona, pues lo que le va bien a una persona, otra puede tener una alergia, o que cada persona necesite una pauta o dosis distintas, puesto que a lo que una persona puede necesitar determinados días de tratamiento, otra persona en esos días se le ha secado o escamado la piel.

 

RIESGO PARA LA SALUD

 

Seguramente, dichas influencer lo hicieron con la intención de ayudar a otros casos semejantes, posiblemente desde su propia experiencia, pero no asumiendo el riesgo que supone para la salud colgar un video recomendando un medicamento y que tenga miles o millones de reproducciones, y que a su vez las personas que lo visualicen decidan utilizar ese medicamento sin consultar a un dermatólogo o farmacéutico o que haya sido prescrito por un médico. O peor aún, que uno de los followers que visualizaron el video y que siguiendo los consejos dados por el influencer, decida utilizar dicho medicamento, sin indicaciones o supervisión de un profesional sanitario y ello suponga un grave riesgo para su salud.

 

EL LLAMAMIENTO DEL CONSEJO GENERAL DE COLEGIOS DE FARMACÉUTICOS.

 

De esta cuestión y el riesgo que supone para la salud se hizo eco el Consejo General de Colegios de Farmacéuticos, que junto a #SaludsinBulos emitieron una campaña alertando de los consejos de influencers sobre medicamentos. En la rueda de prensa querían trasmitir a la población, sobre todo entre las personas más jóvenes, “que los medicamentos son un bien de salud y no un producto de consumo”, así como que no se debe de confiar en los consejos sobre medicamentos que resultan milagrosos basados en la experiencia de una sola persona.

 

INTERVENCIÓN DEL MINISTERIO DE SANIDAD.

 

La cuestión no quedó ahí, pues el Ministerio de Sanidad intervino, tras una carta que envió el Consejo General de Colegios de Farmacéuticos, en la que manifestaba su preocupación por estos videos en redes sociales en los que se recomendaba el uso de medicamentos. Seguidamente, el Ministerio de Sanidad solicitó a los Consejos Generales de Médicos y Farmacéuticos que trabajen conjuntamente contra estos videos, con el objetivo de “identificar el mayor número de casos posibles sobre publicidad de medicamentos de prescripción, como de medicamentos susceptibles de publicidad dirigida al público que no cumplan con la normativa vigente”. Sanidad incluso requirió a YouTube “la retirada o hacer imposible el acceso a los vídeos de influencers”.

En este punto, la cuestión se ponía seria, pues más allá de los tweets de reproches de los farmacéuticos y los médicos a los influencers y las contestaciones más o menos acertadas de estos últimos, con la intervención del Ministerio de Sanidad estos videos recomendando el uso de medicamentos pueden acarrear consecuencias jurídicas.

 

CONSECUENCIAS JURÍDICAS POR RECOMENDAR EL USO DE MEDICAMENTOS: INFRACCIONES Y SANCIONES.

 

En primer lugar, debemos enmarcar esta acción dentro de la publicidad de medicamentos, independientemente que para su adquisición se precise o no de receta médica. Algunas voces de influencers se alzarán señalando que son consejos que dan a quien les visualizan y que no ganan dinero por la publicidad. Ciertamente, no ganan dinero de forma directa con la publicidad de un medicamento, pero no implica que sus hechos no puedan ser susceptibles de infracción al no hacerse de forma ajustada a la Ley del Medicamento, más entrando en escena el Ministerio de Sanidad, y por mi parte me limito a exponer esas posibles infracciones.

Señalar que la Ley del Medicamento es garante del uso racional de medicamento, es decir, un uso racional y evitando el uso abusivo. Esta cuestión viene dada por las pautas que recomiendan los farmacéuticos o los médicos respecto de su uso.

En lo referente a la publicidad debemos diferenciar entre medicamentos que requieren de receta médica y los que no. De los que requieren receta médica está terminantemente prohibido hacer publicidad de ellos.

De los medicamentos que no requieren de receta médica sí se puede hacer publicidad, pero el artículo 80 de la Ley del Medicamento establece una regulación muy estricta al respecto:

“a) Que resulte evidente el carácter publicitario del mensaje y quede claramente especificado que el producto es un medicamento.

b) Que se incluya la denominación del medicamento en cuestión, así como la denominación común cuando el medicamento contenga una única sustancia activa.

c) Que se incluyan todas las informaciones indispensables para la utilización correcta del medicamento así como una invitación expresa y claramente visible a leer detenidamente las instrucciones que figuren en el prospecto o en el embalaje externo, según el caso, y la recomendación de consultar al farmacéutico sobre su correcta utilización.

d) No incluir expresiones que proporcionen seguridad de curación, ni testimonios sobre las virtudes del producto ni de profesionales o personas cuya notoriedad pueda inducir al consumo.

e) No utilizar como argumento publicitario el hecho de haber obtenido autorización sanitaria en cualquier país o cualquier otra autorización, número de registro sanitario o certificación que corresponda expedir, ni los controles o análisis que compete ejecutar a las autoridades sanitarias con arreglo a lo dispuesto en esta ley.

f) Los mensajes publicitarios de los medicamentos que se emitan en soporte audiovisual deberán cumplir las condiciones de accesibilidad para personas con discapacidad establecidas en el ordenamiento jurídico para la publicidad institucional.”

 

Así pues, se podría indicar que si en dichos videos de influencers no se indica que se trata de un medicamento, no se ha incluido toda la información indispensable para la utilización correcta del medicamento, así como si no se ha indicado claramente que se debe leer el prospecto, no se ha recomendado consultar a un farmacéutico, así como incluir en el video mensajes que proporcionen seguridad de curación o testimonios agasajando el producto, incluso si el mensaje no se emite en un soporte audiovisual accesible para personas con discapacidad se estará incumpliendo la Ley del Medicamento y, consecuentemente, cometiendo una infracción, que acarrea una sanción.

Dichas sanciones son calificadas por la Ley del Medicamento por “muy graves”, concretamente las siguientes conductas:

“No cumplir los requisitos y condiciones reglamentariamente exigidos en materia de publicidad y promoción comercial de los productos, materiales, sustancias, energías o métodos a los que se atribuyan efectos beneficiosos sobre la salud”.

 

Con este cajón de sastre la Ley del Medicamento califica como muy graves las infracciones cometidas al llevar a cabo las cuestiones antes referidas y prohibidas por la propia Ley, pero ¿cuánto dinero es la sanción?.

La Ley del Medicamento establece que las sanciones “muy graves” pueden ir desde los 90.001 euros al millón de euros, la cantidad concreta es impuesta por las autoridades sanitarias competentes, y tienen en cuenta criterios tales como la negligencia, la intencionalidad del sujeto infractor, incumplimiento de las advertencias previas, cifras de negocio, personas afectadas, perjuicio causado, beneficios obtenidos o reincidencia en la comisión de la infracción, entre otros.

“Grado mínimo: Desde 90.001 a 300.000 euros.

Grado medio: Desde 300.001 a 600.000 euros.

Grado máximo: Desde 600.001 a 1.000.000 de euros, pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los productos o servicios objeto de la infracción.”

 

Es decir, que el querer compartir con tus followers el uso de unas toallitas o de crema o pomada, que resulta ser un medicamento, o aconsejar como tomar uno puede suponer que ese video salga “muuuuuuuuuuy caro”, pues fuera de los dimes y diretes entre profesionales sanitarios e influencers, estamos ante actuaciones que pueden conllevar un serio riesgo para la salud de esos followers, y además ser sancionable por la Ley del Medicamento, pues la normativa sobre publicidad de medicamentos, como se ha expuesto, es muy estricta.

Así pues, siendo cada persona un mundo y, por ende, cada piel también, siempre se ha de seguir el consejo de un profesional sanitario, farmacéutico o médico, respecto de los productos que se vayan a utilizar, sean cosméticos o sean medicamentos, pues recordando un post anterior mío sobre “cosméticos de farmacia” que es una buena opción, sin desdeñar a los profesionales de la cosmetología, acudir a la farmacia si tenemos problemas de piel a que nos aconsejen sobre los productos que podemos utilizar, pues como profesionales conocedores de la composición o de formulaciones de los productos, podrán recomendarnos, incluso en el laboratorio formular uno personalizado para cada individuo.

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