CONOCE EL DERECHO DE LA MODA O FASHION LAW EN CHILE.
Existe un prejuicio de que la moda es sólo glamour, estilo, belleza, elegancia. Y puede ser que de esa forma se ha intentado vender siempre a la industria, pero esa imagen es incompleta… muy incompleta. La moda también es creatividad, fuerza de trabajo, comercialización, negocio. La moda es una industria grande, que mueve millones de divisas a lo largo del mundo y que en muchos sentidos puede estar al borde de abusos a los derechos humanos, así como lejos de los ideales en sostenibilidad que las sociedades demandan desde hace algunos años.
En Chile, la industria de la moda tiene características especiales. Si bien, la industria, entendida como fabricación es más bien escasa, la industria, en tanto, desarrollo de modelos de negocios no es tan diminuta. Tenemos grandes conglomerados que se dedican al retail, a la importación y exportación de artículos de moda, muchas pymes y empresas emergentes que tienen que relacionarse con distintos actores y que, en muchos casos, están al borde de la legalidad.
No por malas intenciones sino por desconocimiento de cómo profesionalizarse en una industria que es profesional. No es extraño ver cómo, de forma abierta, muchos de estos emprendimientos vulneran derechos de propiedad intelectual e industrial, derechos de los consumidores y otros. Así también, muchos de estos emprendimientos intentan lidiar con los efectos de la pandemia, intentando adaptarse a un mundo digital, sin siquiera llegar a plantearse estrategias de onmicanalidad, tan necesarias en la industria -cosa que sí hacen los grandes conglomerados-.
La falta de profesionalización de la industria hace que no todos los actores compitan de forma pareja y que, por otro lado, la moda no se vea como una industria del todo seria.
Por estos ejemplos, así como por muchos otros que se dan en el día a día, se hace del todo necesario que el Derecho de la moda (Fashion Law) sea desarrollado de forma profesional en Chile. Sólo de esa forma, siguiendo la legalidad, las empresas chilenas podrán competir de igual a igual con empresas extranjeras que sí aplican criterios estratégicos legales a la moda.
LA INDUSTRIA DE LA MODA Y EL DERECHO.
La moda es una industria consolidada que, por sus complejidades y, por su importancia como negocio, ha llevado al Derecho a desarrollar un área especializada para su estudio y tratamiento, no por temática, sino por actividad económica. Por esta necesidad nace el Fashion Law o Derecho de la Moda.
De esta forma, es necesario reconocer que temáticas ligadas a derecho laboral, comercial, civil, fiscal, derecho de bienes raíces, propiedad intelectual e industrial, derecho administrativo y, por qué no, derecho internacional, entre otras, tienen suma relevancia en el Derecho de la moda y, por lo demás, por la industria, tienen un tratamiento especial dadas las características únicas de la industria.
A modo ejemplar, qué ocurre con la extracción de diamantes y su trazabilidad. En la actualidad existen todavía abusos y vulneraciones a los derechos humanos relacionados con estas materias que deben ser y -que, en cierta medida- son reguladas por el derecho administrativo y derecho internacional.
Otro ejemplo, la fiscalidad y las actividades de los influencers que, al parecer, a todo el mundo ha tomado por sorpresa, siendo que el uso de imagen y su comercialización no es una temática nueva en el mundo. Pero claro, como a esto se le suma la participación relevante en el mundo digital -aquella realidad que, para muchos, no es realidad- y que, por tanto, cuesta entender que esa parte de la sociedad tiene la necesidad de que esté presente en las legislaciones -o a la que también se le aplican las normas del mundo físico-, nos hace quedar desconcertados y desprotegidos en cierta medida.
Un tercer ejemplo, qué ocurre con la apropiación cultural en una sociedad cargada por la interculturalidad, el turismo y la globalización. Qué ocurre con la protección de los diseños de prendas y textiles, cuando existen distintas posturas en las legislaciones mundiales. Y así, el Derecho de la moda tiene que aportar y resolver muchas aristas que están relacionadas con esta industria especial, que requiere de abogados y profesionales que la entiendan porque conocen del negocio y de las dinámicas que se viven en su interior.
LOS INICIOS DEL FASHION LAW.
Los inicios del Derecho de la moda pueden rastrearse en los Estados Unidos, en la primera década del presente siglo, gracias a la profesora Susan Scafidi, quien sostuvo una férrea postura para que se reconociera la importancia y necesidad de esta especialidad jurídica como rama independiente que se impartiera en universidades. De esta forma, en el año 2006 creó el primer curso de Fashion Law, el “Conterfeit Chic” en el Fashion Institute of Technology, y en el año 2010 el de Fashion Law en la Facultad de Derecho de Fordham.
En tanto, en España podemos decir que esta especialidad del derecho ha ido cobrando importancia desde el 2013, cuando se realizó la I Jornada sobre Derecho de Moda1, donde fueron tratados diferentes aspectos por los expertos, tales como:
- La importancia de proteger las creaciones e innovaciones textiles
- Vías de Protección (I): Propiedad Intelectual
- Vías de Protección (II): Propiedad Industrial
- Falsificaciones y copias: ¿cómo se solucionan los conflictos en este ámbito?. Visión desde la empresa y el despacho
- Análisis económico y social
- Diferencias entre legislaciones: visión general sobre derecho comparado
Estas jornadas fueron promovidas, entre otros, por el Ministerio de Cultura y Deporte del Gobierno de España. Actualmente, en el país se cuenta con la Asociación de Expertos en Derecho de la Moda como organización representativa. Todas estas iniciativas apuntan a dar respuestas y protección legal a la industria de la moda, la cual tiene una participación importante en el PIB nacional.
Y esto ha sido sólo el comienzo. En la actualidad el Fashion law está siendo desarrollado por distintos actores en Europa y América continental.
Chile está integrado en la Asociación de Expertos en Derecho de la Moda y estaremos encantados de incorporar a los abogados, juristas y entusiastas del Fashion Law.
De esto hablaremos en lo sucesivo.
FASHION LAW EN AMÉRICA LATINA Y EN CHILE.
La industria de la moda en América Latina ha tenido un considerable crecimiento y diversos países de la región se han incorporado a la nueva especialidad y a la protección de la industria de la moda. Hay cursos, diplomados en diferentes institutos y universidades latinoamericanas, como en Venezuela, en la Universidad Monteavila, así también en Argentina y en Chile.
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Las iniciativas van en lo relativo a derechos de autor de los productos o servicios creativos, soluciones legales para la transformación de ideas en emprendimientos, contratos o acuerdos sobre derechos de imagen, publicidad, editorial, laboral, aspectos tributarios, licencias, franquicias.
A modo ejemplar, un caso que generó polémica en uso de imagen fue la disputa entre los familiares de Frida Kahlo y la empresa Mattel, la cual quería introducir en su colección “mujeres que inspiran” de sus muñecas Barbie, a esta artista mexicana. La disputa tuvo lugar respecto a quién tenía los derechos de uso de la imagen de Frida, si la familia o la Corporación Frida Kahlo. Esto sólo reveló, una vez más, la importancia y necesidad de establecer un espacio jurídico dedicado al mundo de la moda una vez más.
Ya en Chile, en el último año se ocasionó polémica porque Falabella puso a la venta en su marketplace productos de diseñadores mapuches -nación originaria de Chile-, acusándose a Falabella de apropiación cultural. Si bien la polémica era dudosa, primero, respecto a qué es lo que se entiende por apropiación cultural y, segundo, si es que en este caso en concreto se configuraba la vulneración, no es posible desconocer la existencia de interés por proteger ciertos bienes jurídicos ante personas o culturas que tienen intereses sobre estos determinados bienes. Ahí entra en juego, una vez más, el derecho de la moda.
ESTUDIOS, LIBROS Y CURSOS DE FASHION LAW EN CHILE
Argentina y Chile son los países de América Latina donde ya se dicta esta rama del derecho. En Argentina, en la Universidad Torcuato d´Tella. En Chile “comienzan a escuchar sobre esta disciplina en 2013 cuando se realizó el primer Seminario de moda y derecho en la Universidad Andrés Bello, en colaboración con la revista de Derecho LWYR (www.lwyr.cl). A partir de 2014, los seminarios fueron organizados por LWYR y la Universidad Mayor”2.
Aunque el Derecho de la moda sigue siendo un campo nuevo, en 2019 fue lanzado en Chile el libro Derecho de Moda, que también fue lanzado en la Universidad de Navarra, concretamente en el ISEM Fashion Business School, en España.
Este libro contiene 19 textos de investigadores y abogados, tanto chilenos como extranjeros, que incluyen la experiencia de juristas especialistas que han participado activamente en los Seminarios Internacionales organizados por esta Alma Mater: “Así, en sus 220 páginas es posible revisar textos que abordan temas de gran relevancia respecto a materias tales como propiedad intelectual, derecho comercial, legislación laboral e incluso aspectos culturales, medioambientales y sociales que desde la industria de la moda han tenido impacto jurídico”3.
Los encargados de hacer las recopilaciones fueron el Director General de la revista LWYR, profesor y abogado, especialista en Derecho de la moda, Christian Vidal y las catedráticas Gabriela Huarcaya y Jimena Rodríguez.
En 2020, en vista de la pandemia, la Universidad Mayor realizó la VII edición del Seminario Internacional Derecho de la Moda en modalidad online, aprovechando la instancia para contar con discusiones internacionales sobre la materia. Para esta oportunidad se efectuaron dos paneles con abogados expertos: Federico Bueno de Mata (España), Universidad de Salamanca; Ximena Sousa (Perú); Roberto A. Garetto (Italia), Universidad de Camerico; Brenda Salas (Colombia), Universidad Extremado y Enrique Ortega B.(España), fundador y Presidente de la Asociación de Expertos de Derecho de la Moda, en España.
En el año 2021, con el propósito de continuar con el estudio y expansión del Derecho de la moda en Chile, se conforma la Asociación de expertos de Derecho de la moda en Chile, ligada a la misma Asociación con sede en España. Con esta asociación se pretende participar de forma más activa en la sociedad en la industria, con una mirada legal tan necesaria para todos aquellos que son parte de la moda.
FASHION LAW Y PROPIEDAD INTELECTUAL EN CHILE.
No cabe duda de que al hablar de Fashion Law uno de los primeros aspectos que se vienen a la cabeza es el de la Propiedad intelectual. Si bien no es el único aspecto relevante que se pretende estudiar, si es uno que causa mayor interés por la cantidad de casos de conflicto que se pueden generar en el día a día.
En general, la propiedad intelectual es un activo intangible para las empresas, que puede fomentar el emprendimiento, la creatividad y la innovación. La explotación de los derechos de propiedad intelectual pueden llegar a tener incluso más valor que los activos tangibles de una empresa, como por ejemplo en el caso de la receta secreta de Coca Cola, o la marca Apple.
En algunos casos, la protección de los derechos de propiedad intelectual, tales como derechos de autor, o bien, de propiedad industrial, como ocurre con el registro de marcas, puede ser una tarea titánica, porque involucra el estudio de varios aspectos y la comparación con derechos de terceros, lo que hace complejo su tratamiento.
Así lo señala el abogado Luis Armando Alvarez, en su artículo El ejercicio de la propiedad intelectual en un territorio extranjero y no morir en el intento, publicado en la revista LWYR, en referencia a la solicitud de un cliente para registrar su marca: “(…) inicié mi atención en evaluar si era factible el registro del signo, si a éste podría atribuírsele el carácter distintivo de una marca y que, por ende, no se encontrara incurso en alguna causal de irregistrabilidad (…).
Por otro lado, mi interés iba mucho más allá que poder lograr el registro del signo. Con el ejercicio profesional he podido desarrollar habilidades para realizar una ´auditoría de activos intangibles, que en este caso en particular empleó una función de analizar a fondo las praxis del diseñador y demostrarle que el incremento de sus ingresos va más allá de la venta de un producto o servicio, teniendo presente que el primer paso es proteger cada pieza que integra una colección, desde un boceto, patrón, diseño, guía informativa (como objetos de Derechos de Autor), tecnología (patentes), fichas técnicas (diseños industriales) y hasta los secretos que de su práctica ha podido desarrollar al momento del corte de tela y su fijación en una sola pieza, sin dejar de mencionar las relaciones comerciales estratégicas y toma de decisiones que éste pueda generar por su marca mediante la vigilancia tecnológica (VT) e inteligencia competitiva (IC)”4.
UTILIDAD DEL DERECHO DE LA MODA EN CHILE.
En época de crisis económica mundial, poner la mira en los elementos que tenemos en Chile para resurgir es importante. La creatividad está presente, los medios digitales son canales a los que se le puede sacar provecho, nuestros vínculos internacionales comerciales, conseguidos a lo largo de los años por distintos tratados están a la mano, el espíritu de emprendimiento ayuda y, si a eso le sumamos, la profesionalización de la industria de la moda que se puede obtener de la mano del Fashion Law, podemos conseguir potenciar un área de la economía tan importante en lo ancho y largo del mundo globalizado en el que vivimos.
La moda es un área en continuo cambio, que requiere profesionales dispuestos a regular y sacar provecho, de forma sostenible y responsable, de las características especiales de la industria para beneficio de la sociedad toda.
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