Enrique Ortega Burgos

CASOS LEGALES DE PARODIAS. PARTE 1

PARODIA CASOS LEGALES

En esta entrada vamos a conocer algunos  pleitos legales que se han centrado en la parodia. Como hemos visto, la parodia es la transformación que se hace de una obra con fines humorísticos o de critica, pero siempre aplicando el humor y la burla. En este sentido, en materia de obras, la parodia es protegida y considerada una limitación del derecho de autor.

En materia de marcas esta figura es más complicada, ya que no ha sido prevista en las legislaciones en materia de marcas como una limitante. Por ello, los Tribunales han tenido que analizar estos casos y determinar cuando la parodia efectivamente representaba un peligro de confusión y de dilución de la marca, es decir que pierda su eficacia como signo indicativo de un origen empresarial.

Así que conozcamos estos casos para ver los criterios de los tribunales que han debido conocerlos:

 

MATTEL INC vs WALKING MOUNTAIN PRODUCTIONS

 

 

En este caso, Mattel, la célebre empresa de juguetes que fabrica y comercializa varios de los juguetes más famosos del mundo. Entre ellos, la famosa muñeca Barbie. Ahora bien, en 1997, el dueño de la empresa demanda, el fotógrafo Tom Forsythe, lanzó una serie de fotografías que consistían en muñecas Barbies desnudas en situaciones de peligro caseras, tales como estar metidas dentro de una licuadora o que sus cabezas estén sumergidas en un fondue de queso. Por ello, el fotógrafo utilizó el término Barbie como títulos de sus obras, las cuales puso a la venta y las presentó en diversas ferias de arte. Inclusive abrió una página web donde mostraba la fotografías de la Barbie, que no tenía fines comerciales.

 

En este sentido, Mattel, titular de las marcas Barbie, presentó demanda contra Forsyth o mejor dicho contra su empresa en el año 1999. Mattel alegó que el acusado estaba incurriendo en infracciones de marcas, derecho de autor y trade dress.

En este sentido, el Tribunal que conoció el caso en primera instancia  le dio la razón a Forsyth, quien alegó que su trabajo era una obra protegida, ya que en ella hacía una crítica de lo que, para él, representa la muñeca Barbie, una objetificación de la mujer además de imponer un estándar de belleza inalcanzable. Por lo que el Tribunal decidió que la obra de Forsythe no era comercial.

Mattel presentó apelación contra dicha sentencia, la cual fue conocida por el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito.

Dicho Tribunal determinó que la protección de las obras de derecho de autor tiene excepción cuando se trata de  criticas o comentarios de las obras ya existentes. Por lo que el Tribunal aplicó un examen para determinar si la obra parodia se ajustaba a la excepción del derecho de autor: 1) La finalidad o carácter de uso de la obra, incluyendo si su uso es de carácter comercial o no. 2) La naturaleza de la obra original. 3) La magnitud de uso de la obra  original en la obra. 4) El efecto que la obra parodia cause en el valor en el mercado de la obra original.

Al aplica esta prueba el Tribunal concluyó que  su obra es una limitación del derecho de autor, ya que se trata de una parodia   transformativa de la Barbie que no impactaba  a la marca de Mattel en el mercado. Además, también destacó que el interés púbico y la libertad artísticas son superiores al interés que pueda tener el consumidor de los productos de Mattel. Por lo que reafirmó la sentencia de primera instancia y condenó a Mattel al pago de las costas procesales.

Esta caso ha sido reconocido como una victoria para la libertad de expresión, ya que muchos argumentan que las corporaciones no pueden usar la propiedad intelectual para limitar la libertad creativa.

 

MATTEL INC VS MCA RECORDS INC

 

 

Nuevamente la empresa Mattel fue parte de un pleito de alto perfil debido a la muñeca Barbie. En esta ocasión, la empresa de juguetes presentó demanda contra la empresa disquera MCA Records Inc, casa productora estadounidense del grupo musical danés Aqua, el cual lanzó la canción Barbie Girl.

La canción Barbie Girl fue lanzada en abril de 1997 logrando un éxito mundial, alcanzando el número 1 en las listas de las canciones más populares del Reino Unido y el número 7 en la cartelera Billboard de Estados Unidos.

Sin embargo, Mattel no estaba muy contenta con esta canción, por lo que presentó demanda contra la empresa productora en noviembre de 1997, alegando infracción y dilución de las marcas Barbie (incluyendo el color rosa registrado por la empresa que fue usado en la carátula del single).  Además de alegar que el Aqua alcanzó notoriedad con la fama y reconocimiento de Barbie y que las ventas de los singles y álbumes representaron una perdida económica para la empresa, incurriendo en competencia desleal.

Por su parte, MCA Records presentó una contrademanda contra Mattel por  difamación,  por unas declaraciones de la empresa de juguetes contra la casa discográfica.

En este sentido,  en la demanda de primera instancia, el Tribunal declaró que la canción Barbie Girl era una parodia que no haría que el publico cayera en la confusión o que diluyera de forma alguna la imagen de Barbie, además desestimó las alegaciones de Mattel en referencia a la competencia desleal.

Por lo tanto, Mattel presentó apelación, la cual fue conocida por el Tribunal de Apelación del Noveno Circuito. Es interesante destacar que este Tribunal menciona en la sentencia que “Algunas marcas entran al discurso público y se convierten en parte integral de nuestro vocabulario”.

Además, el Tribunal alega que  Barbie Girl, si bien lleva la marca de la demandante, sirve de titulo de una canción, no hace creer que Mattel sea uno  de los productores de las canciones o que las público crea que hay alguna conexión entre la empresa y la canción. Además, la canción es una critica que el grupo danés hace de la Barbie y en ningún momento la canción da muestra de alguna asociación o que estuviera producida por Mattel. Por su parte, declara que la canción tenga el término Barbie es debido al contenido de la canción el cual en ningún momento hace que el público crea que existe una conexión con  Mattel.

Por lo que el Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito ratificó la decisión de la primera instancia.

 

COCA-COLA COMPANY VS GEMINI RISING, ING

 

 

En este caso que es de la década de los 70, Coca Cola presentó demanda contra la empresa Gemini Rising debido a que esta ultima creó y comercializó los afiches Enjoy Cocaine usando la imagen y marcas de la empresa Coca Cola, logrando vender 10 mil afiches. En la demanda, la empresa de bebidas gaseosas. En este sentido, Coca Cola alegó infracción a sus marcas registrada, la más antigua data del año 1893. Por lo que solicitó al Tribunal que emitiera una orden de prohibición de comercialización de los afiches y el pago de indemnización debido al daño causado.

En este sentido, la empresa demandada alegó que la protección de la marca no se extiende a esa situación, ya que el público no se confundirá y no está comercializando productos iguales o similares a los de la demandante, además, los términos Coca Cola no aparecían en los afiches.

En este sentido, el Tribunal consideró que el parecido entre la marca Coca Cola y el afiche hay un gran parecida, el cual es tan cercano que no es una coincidencia y aunque no venden los mismos productos,  hay una clara intención de la empresa demandada de hacerse con la fama de la marca.

En este sentido, el Tribunal declaró con lugar la solicitud de Coca Cola, sin embargo, debido a las pierdas ocasionadas a Gemini Rising, Coca Cola tuvo que pagar la suma de 25 mil dólares.

 

VANS VS MSCHF

 

 

 

Sin duda uno de los casos más mediáticos del fashion law de este año: la demanda que la empresa de zapatillas Vans presentó contra el colectivo MSCHF, empresa o colectivo que se volvió célebre por la demanda que le presentó Nike por los Satan Shoes. Ahora bien, Vans la acusó de usar sin su permiso sus marcas, tanto de posición, tridimensional y su trade dress en  los Wavy Baby Shoes, los cuales son una colaboración entre MSCHF y el rapero Tyga.

En una  entrada anterior vimos los argumentos que presentó Vans contra MSCHF. Sin embargo, en su defensa, MSCHF alegó que las zapatillas Wavy Baby se tratan de una parodia de las Vans y también una critica al consumismo y la cultura coleccionista de los sneakerheads. De hecho, MSCHF menciona en la contestación de la demanda lo siguiente: «es un reto a la cultura de los sneakerheads en la cual  Vans participa, cuestionando el consumismo y haciendo una confrontación entre  un mundo digital y virtual».  también menciona en la contestación que la colección Wavy Baby: « …es un discurso critico, cuestionando cómo una marca icónica y funcional ha caído presa del consumismo».

MSCHF tiene un historial de parodias, desde los Satan Shoes, caso en el cual las partes llegaron a un acuerdo que terminó con el pleito, hasta unas paletas que tienen la forma de rostros como millonarios como Elon Musk, Jeff Bezos o Bill Gates como una crítica a un mundo donde hay personas que no tienen hogar mientras que hay otras personas que son obscenamente millonarios.

En una próxima entrada conoceremos más casos legales de parodias.

 

SI QUIERES CONOCER MÁS SOBRE MARCA, TE RECOMENDAMOS LAS SIGUIENTES ENTRADAS:

PARODIA Y MARCAS. PARTE 1

PARODIA Y MARCAS 2

PARODIA Y MARCAS. PARTE 3

PARODIAS Y MARCAS 4

MARCAS NO CONVENCIONALES 1

MARCAS NO CONVENCIONALES 2

MARCAS NO CONVENCIONALES 3

LA MARCA ESLOGÁN

PROTECCIÓN DE LA APARIENCIA DE LOS LOCALES

TE RECOMENDAMOS LAS SIGUIENTES PUBLICACIONES SOBRE FASHION LAW QUE PODRÁS ADQUIRIR EN AMAZON.

Fashion Law (Derecho de la moda): 963 (Gran Tratado)
Tratado De Derecho De La Moda (Fashion Law): Volumen 1: Propiedad Industrial e Intelectual, Contratación mercantil, Derechos de las nuevas tecnologías, penal y aduanas: 1351 (Gran Tratado)
European Fashion Law: A Practical Guide from Start-up to Global Success (Elgar Practical Guides)
Fashion Law: A Guide for Designers, Fashion Executives, and Attorneys
Fashion Law: Direito da Moda (Monografía)
Derecho de la moda en Iberoamérica (Fashion Law) (Gran Tratado nº 1302)
-
58,00 EUR
72,34 EUR
74,69 EUR
93,68 EUR
157,34 EUR
123,49 EUR
Fashion Law (Derecho de la moda): 963 (Gran Tratado)
58,00 EUR
Tratado De Derecho De La Moda (Fashion Law): Volumen 1: Propiedad Industrial e Intelectual, Contratación mercantil, Derechos de las nuevas tecnologías, penal y aduanas: 1351 (Gran Tratado)
72,34 EUR
European Fashion Law: A Practical Guide from Start-up to Global Success (Elgar Practical Guides)
74,69 EUR
Fashion Law: A Guide for Designers, Fashion Executives, and Attorneys
93,68 EUR
Fashion Law: Direito da Moda (Monografía)
157,34 EUR
Derecho de la moda en Iberoamérica (Fashion Law) (Gran Tratado nº 1302)
-
123,49 EUR

 

 

 

 

Salir de la versión móvil