Enrique Ortega Burgos

Supermercados: un vecino no tan viejo

Retail de productos de consumo habitual

La ubicua presencia de los supermercados en nuestras ciudades nos ha llevado a aceptarlos como un elemento más de la vida social, hasta el punto en que resulta difícil imaginar una ciudad sin supermercados. Pero lo cierto es que se trata de un formato de comercio relativamente joven, que recientemente ha cumplido un siglo.

 

En efecto, el primer supermercado abriría sus puertas en 1916, en Tennessee. A la vista del éxito de “Piggly Wiggly”, Clarence Saunders procedería a patentar su invención en 1917, antes de iniciar un proceso de expansión que supondría que la cadena llegara a abrir en torno a mil tiendas en los Estados Unidos.

Hasta la aparición de esta invención que revolucionaría socialmente la compra al por menor, proveerse de bienes de consumo diario suponía visitar varias tiendas. Además, los supermercados se caracterizan por el autoservicio, gran novedad respecto de la situación histórica del momento, en el que un comprador pedía los bienes al tendero, que enviaba a un trabajador a despachar el pedido antes de entregárselo al cliente.

Así, por primera vez, podía realizarse la compra de todos los bienes de primera necesidad de una familia en un solo punto y, al reducir gastos de personal, podían reducirse los costes y abaratarse los precios, razón por la cual esta nueva forma de realizar compras tuvo un inmediato éxito.

 

Nótese, no obstante, que los supermercados de los que hablamos eran los que hoy llamaríamos “de barrio”, para la aparición de los grandes supermercados e hipermercados habría que esperar aún unas décadas. Por no hablar de que, inicialmente, en un supermercado ni siquiera existían carritos. Los clientes debían llevar en sus bolsas de la compra sus productos hasta la salida, siendo esto muy incómodo, especialmente en la compra de productos pesados.

Observando esta situación, en 1937, Nathan Godman inventa y patenta el primer carrito de supermercado, que, por falta de un nombre mejor, se inscribió como “combinación de cesta y carro”. Aún habría que esperar hasta el 1949 para que se encontrara la solución a la ocupación excesiva de espacio por estos instrumentos por medio de los carritos apilables.

 

 

Los hipermercados surgen en una época de depresión económica en EE.UU. Podría parecer contradictorio, ya que en etapa de recesión parece complicado realizar la enorme inversión que supone montar un gran supermercado, con todos los costes inmobiliarios que ello supone. Debe tenerse en cuenta, sin embargo, que los primeros hipermercados nacen fuera de los centros de las ciudades, con el objetivo de adquirir terrenos baratos, con zonas de aparcamiento descongestionadas en su entorno, de manera que pudieran atraer un gran número de compradores a los que ofrecer precios muy baratos, tanto por las economías de escala, como por el hecho de que el abaratamiento del coste del suelo permitía competir de forma imbatible contra los precios de los mercados del centro de las ciudades.

Sin embargo, los estadounidenses no suelen utilizar el término “hipermercado”, prefiriendo los términos superstore o supercenter. Cabe destacar que tampoco el primer hipermercado europeo se denominó a sí mismo de tal forma, sino que utilizaron la denominación “superbazar”, siendo abiertos por Grand Bazar, en Bélgica, dos años antes de la aparición de la primera tienda Carrefour. Esta última, sin embargo, sí utilizó la denominación “hipermercado”, razón por la cual, se la suele considerar erróneamente la primera cadena de hipermercados del continente -e incluso, en algunos casos, del mundo-.

 

 

En España, la llegada de los supermercados tiene por especialidad la intervención estatal propia de una concepción intervencionista del comercio propia de un Estado autoritario. En efecto, tal y como nos cuenta este artículo, en España, los primeros supermercados eran de titularidad pública. Habría que esperar hasta 1959 para la inauguración del primer supermercado de titularidad privada, llamado Caprabo por composición silábica de los apellidos de las familias fundadoras. Como sabemos, Caprabo aún subsiste como parte del Grupo Eroski.

 

 

Por su parte, el primer Hipermercado en España fue creado por el Grupo Carrefour, con capital francés, en el Prat de Llobregat en 1973. Se observa así que España, respecto de otros países occidentales, estaba relativamente atrasado en la recepción de estos modelos de comercialización minorista.

Resulta curioso destacar que el mismo grupo que fue en su momento pionero en la creación de un hipermercado en España también ha sido el primero en lanzar un hipermercado 24 horas, en Madrid, hace apenas unos meses, en diciembre de 2017.

 

En definitiva, se observa que este es un sector aún joven, que ha sido objeto de una fuerte evolución y en el que aún se están generando nuevos modelos comerciales. De aquellas primeras tiendas de retail minorista que traían un nuevo sistema de self-service característico a España y que apenas ocuparían unos cuantos cientos de metros cuadrados, la situación se ha desarrollado hasta la actual alta presencia de supermercados en cada ciudad y cada barrio.

La presente cifra de negocio y de superficie minorista en España es impactante. En 2015 existían ni más ni menos que 12,9 millones de metros cuadrados destinados a este uso en nuestras ciudades, y la tendencia seguía al alza, a pesar de la aparición de la venta online, que por el año 2015 apenas alcanzaba un 1% de la facturación.

 

 

Pues bien, ya en los años 50 -cuando en EEUU, “solo” el 35% de los productos agroalimentarios eran facturados en supermercados y a España acababa de llegar esta innovación social y económica-, comienza a producirse la vinculación característica del retail de alimentación con los aspectos legales que hoy caracterizan el sector, con las primeras normativas extranjeras y nacionales.

Con el desarrollo del sector antes visto, sus aspectos legales también habrán crecido en importancia, dándose una miríada de problemas a los que el legislador venía respondiendo con un número igualmente alto de normas legales y reglamentarias.

Hablamos de cuestiones que todo especialista en el sector de supermercados tiene que tener presente: contratos de distribución, de logística, transporte y suministro, franquicia y marcas, licencias de apertura y horarios, competencia, sanidad… Junto a las que más recientemente han aparecido otros problemas que ya también son característicos, como, por ejemplo, la protección del consumidor en el comercio minorista, la normativa publicitaria en el marketing de estos productos y, aún más actualmente, la venta online.

 

Toda esta problemática requiere una formación específica. Somos partidarios de un modelo de especialización horizontal, destinada a ser capaces de cubrir de forma exhaustiva todas las necesidades de un determinado tipo de cliente -la empresa de retail alimentario, en este caso- frente a quienes promueven una formación vertical, por la que el abogado se especializa en una clase de operaciones -fusiones, por ejemplo- sin conocer los vericuetos y complejidades específicas de la actividad del cliente. Pero esto es tema de otro artículo.

 

 


 

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