Enrique Ortega Burgos

Nueva Ley de Propiedad Industrial en México 2020

¿Qué cambios trae la Nueva Ley de Propiedad Industrial en México? 

 

Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial 2020.

 

Con la llegada del T-MEC (Tratado entre Estados Unidos, México y Canadá), México se fortalece e innova en Materia de Propiedad Industrial.  El pasado 5 de noviembre de 2020, entró en vigor la Nueva Ley Federal de Propiedad Industrial, abrogando así La Ley de Propiedad Industrial que fue publicada el 27 de junio de 1991.

¿Cuáles son los principales cambios dentro de esta nueva ley?

 

En primer lugar, hablaremos de los cambios que se establecen legalmente con respecto a la institución encargada de la regulación en materia de Propiedad Industrial en México, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial o mejor conocido por sus siglas  “IMPI”.

De los principales cambios dentro de esta nueva ley es que se reconocerá al Instituto Mexicano de Propiedad Industrial (IMPI) como una autoridad fiscal.

Previamente en México existían únicamente cinco instituciones consideradas como Autoridades Fiscales; el Instituto Mexicano de Seguro Social (IMSS), el Instituto Nacional para el Fondo de la Vivienda de los Trabajadores (INFONAVIT), la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), la Secretaria de Hacienda y Crédito Público (SHCP) y el Servicio de Administración Tributaria (SAT)

El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial,  se anexará como un integrante más de las Autoridades Fiscales en México, es decir, las multas que imponga el IMPI serán consideradas como créditos fiscales y podrá ejercer el Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE)  mediante el cual tendrá la facultad de poder exigir el pago de los mismos, al igual que el Instituto ahora cuenta con la facultad de poder ordenar y practicar visitas de inspección, y requerir información y datos.

Otra de las grandes atribuciones que se le concederán, es el poder recurrir a la institución para el reclamo de daños y perjuicios en materia de Propiedad Industrial, anteriormente esto únicamente podía ser reclamado ante Tribunales.

Con respecto a los cambios generados en cuanto a las figuras de Propiedad Industrial protegidas por esta Ley podemos encontrar los siguientes:

 

  1. Mayor tiempo de protección en los Modelos de Utilidad

 

La figura de Modelos de Utilidad contaba con un periodo de protección de diez años.  Ahora con la entrada en vigor de esta nueva ley se amplía el  periodo de protección por quince años. ¡Enhorabuena!

 

  1. No al Doble Patentamiento

 

Anteriormente no existía un artículo que prohibiera esta figura como tal, en la actualidad podemos encontrarlo expresamente dentro del Artículo 50° “- El Instituto durante el examen de fondo y en la concesión de los derechos deberá velar por el dominio público e impedir el doble patentamiento de la misma invención.” al igual que dentro del Artículo 101° en el que se hace mención que “No se concederá patente respecto de materia que ya se encuentre protegida por otra o cuyas características técnicas esenciales sean una variación no sustancial de la materia amparada por la misma, aun cuando el solicitante sea el titular del primer derecho. “

 

  1. Mayor protección en Secretos Industriales

 

Una de las grandes ventajas que trae esta nueva ley para quienes tienen como bien intangible un Secreto Industrial dentro de sus negocios es que se aumentaran las multas por apropiación indebida del mismo.

 

  1. Los Productos Artesanales ahora son considerados Diseños Industriales

 

A grandes rasgos  podemos definir que la protección de Diseños Industriales abarca la apariencia de un artículo, ya sea de manera bidimensional o tridimensional, por lo que puede ser aplicado a productos que van desde joyería, mobiliario, moda, industria automotriz, entre otros.

Dentro de la ley abrogada, un diseño industrial era considerado como “los dibujos o modelos industriales constituidos como un producto industrial”. Por lo que con esta nueva ley se incorpora la denominación “artesanal” a este tipo de productos, trayendo grandes beneficios y fortaleciendo la protección al sector artesanal. Si bien existen diversos textos por parte de la Organización Mundial de Propiedad Intelectual haciendo referencia a ellos, México no contaba con una protección expresa dentro  de  la ley por lo que estos podían verse vulnerables en materia Intelectual.

 

  1.  Lapso de Protección de Marca comienza a partir de que esta te sea concedida.

 

Si bien existen personas que nunca tuvieron ningún inconveniente al momento de registro de su marca, tuvieron que esperar un periodo de tiempo que aproximadamente va de los cinco a siete meses (este periodo de tiempo puede variar por supuesto), tiempo mediante el cual el  IMPI realiza el trámite que abarca el estudio de la marca en el que se avale que cuenta con los requisitos para que esta pueda ser concedida.

Imaginemos ahora a aquellas personas que se han visto envueltas en situaciones complicadas en las que primero se les haya requerido y después les haya sido negada su marca y hayan tenido que recurrir a Tribunales para la defensa de la misma ¡Mucho tiempo!

El tiempo de protección que se otorgaba anteriormente era de 10 años ¡A partir del día que presentaste tú solicitud! Es decir que sí tardaron meses o años en entregarte tu marca, contabas con un periodo de protección realmente de 9 años, 8 años (o el tiempo que haya durado tu caso). A partir de ahora esos diez años corren en el momento en el que IMPI te concede tu marca, a partir de este momento empieza a correr el tiempo y a esperar tres años para realizar la Declaración de Uso de la Marca. ¡HURRAAAAAAAA!

 

  1. Se establece acreditación de falsificación de Marca

 

Si bien, claramente con anterioridad se establecía la falsificación de Marca dentro del Capítulo de Delitos, con esta nueva ley contamos expresamente con una fracción que nos define que para poder acreditarlo es necesario que  “la marca sea usada en forma idéntica o de forma tal que no pueda distinguirse en sus aspectos esenciales a como aparezca representada en el título de registro o, en su caso, en la resolución que estime o declare su notoriedad o fama”.  Puede parecer una modificación sencilla pero que sin duda alguna la encontramos más integra.

 

  1.  Protección a Nombres de Dominio

 

Los nombres de dominio juegan un sumamente importante para una marca ya que ambos van de la mano.  Pues bien, sabemos que un nombre de dominio prácticamente es una marca en internet, ya que esta es la manera en la que la buscamos y la hayamos. Resulta difícil de creer pero hasta la llegada de la Ley Federal de Propiedad Industrial esta figura como tal finalmente se encuentra protegida ya que antes no había ni mención, ni rastro de ella.

Al mal uso de esta figura se le considerará como una infracción administrativa, la cual podemos encontrar en el artículo 386°, en el que se menciona que usar una marca que ya se encuentra registrada o que esta sea semejante a grado de confusión como nombre de dominio y que su actividad sea la misma de dicha marca registrada, debe contar con el consentimiento del titular manifestado por escrito.

No se establece una protección al nombre de dominio como tal, pero si a la marca. Por lo que una vez dueño de la marca, te corresponden los derechos también por internet.  Por lo que es importante resaltar la importancia que tiene el Registro de Marca si es que estas emprendiendo o  ya cuentas con un largo periodo de tiempo con tu marca pero todavía no es tuya legalmente. La importancia del registro es vital ya que eso te convierte en dueño de la marca en su totalidad.

 

 

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