En Colombia la industria de la moda tiene su origen en la industria textil, que a lo largo de los años se ha ido consolidando tanto en el mercado interno como a nivel internacional, con la exportación de textiles únicos y de excelente calidad.
Lo interesante ha sido que en ese crecimiento interno de la industria textil, se ha unido el diseño, de la mano del talento maravilloso de diseñadores colombianos que cada vez son más conocidos en el exterior como, Silvia Tcherassi, Hernán Zajar, María Elena Villamil, Johana Ortiz, entre otros grandes exponentes de la moda en Colombia.
Esta transición, permitió ver la moda en Colombia como una industria provechosa, susceptible de ser impulsada y amparada por el estado a través de los programas de gestión fomentados por el Ministerio de Comercio y/o Ministerio de Cultura, y las iniciativas de órganos privados como Inexmoda.
En el contexto comercial y económico, que abarca no solo el sector textil y del diseño, sino un espectro amplio en el que se incluye la marroquinería, el calzado, la joyería, la artesanía y la cosmética, se evidencia que la industria de la moda goza de gran relevancia, representando una participación del 2.01% de las exportaciones del año 2018[1], al igual que una participación en el gastos interno nacional del 2.6%, en lo comprendido del primer semestre del año 2019[2].
Colombia por su localización territorial, no tiene una dinámica de creación en moda tan variable como la que se presentan en los países con estaciones climáticas. Lo que resulta importante resaltar, es que mi país ha encontrado un nicho relevante en esta industria, por el atractivo de los diseños, la excelente calidad y las llamativas creaciones colaborativas con muchas de las comunidades indígenas permiten exponer al mundo, la belleza de las expresiones tradicionales de estas agrupaciones étnicas.
[1] https://colombiamoda.inexmoda.org.co/wp–content/uploads/2019/05/Hoja–de–Datos–Cifras–NacionalesBogot%C3%A1–Medell%C3%ADn–y–Cali.pdf
[2] http://www.saladeprensainexmoda.com/wpcontent/uploads/2019/09/Informe_Especial_Textil_y_Confecciones_–_Jul_2019.pdf
Pese a que en Colombia no hay una legislación o guía directamente ajustada hacia el Fashion Law o Derecho de la Moda, en nuestro ordenamiento si contamos con las herramientas legales propias del derecho convencional que permiten dar margen legal a este sector, aunado, a las normas del Derecho de la Propiedad Industrial e Intelectual.
La protección de las creaciones de la industria de la moda en Colombia se establece a través de las herramientas concebidas por el Derecho de Propiedad Industrial e Intelectual, como lo son; Las marcas, las patentes, los modelos de utilidad, los diseños industriales, regulados y otorgados por la Superintendencia de Industria y Comercio- SIC y los Derechos de Autor, que se encuentra bajo la potestad de la Dirección Nacional de Derechos de Autor- DNDA.
Normatividad Aplicables
Colombia hace parte de la COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES- CAN, conformada por (Perú, Ecuador, Bolivia y Colombia); de ahí que las normas aplicables sobre los derechos de Propiedad Industrial e Intelectual correspondan a un carácter Regional o comunitario.
La Decisión 486 de 2000 de la CAN , concibe los lineamientos de protección de los signos distintivos entre estos las marcas; las patentes, los modelos de utilidad y los diseños industriales; este último como mecanismo propicio tendiente al amparo de los diseños de moda, catalogado como “[…] cualquier reunión de líneas o combinación de colores o cualquier forma externa bidimensional o tridimensional, que se incorpore a un producto industrial o de artesanía para darle una apariencia especial, sin que cambie el destino o finalidad de dicho producto y sirva de tipo o patrón para su fabricación”[1].
La Decisión 351 de 1999 de la CAN establece el régimen común de los Derecho de Autor y Derechos Conexos, partiendo de la protección de las obras de carácter artístico, literario y científico, dentro de las que se prevé las obras de arte aplicado, tema que trataremos en otra publicación, como las principales obras del sector de la moda[2].
[1] https://www.wipo.int/edocs/lexdocs/laws/es/can/can012es.pdf Art. 113.
[2] https://www.wipo.int/edocs/lexdocs/laws/es/can/can010es.pdf Art. 4
NORMAS NACIONALES.
Las siguientes normas conciben la protección de los derechos de Autor y Derechos Conexos en Colombia. Inicialmente los Derechos de Propiedad Intelectual fueron regulados por la Ley 23 de 1982[1], modificada y adicionada por la Ley 44 de 1993[2] y la última modificación adoptada por la Ley 1915 de 2018[3].
Es prematuro afirmar que en Colombia se tenga una línea doctrinal o jurisprudencial propia sobre el Derecho de Moda, Pues al igual que gran parte de los países de la región, esta es una corriente del derecho novedosa, que en mi país apenas se está exponiendo ante la industria y el sector legal.
Es por ello, que resulta atractivo y entusiasta el camino que tenemos los abogados que nos apasionamos por el tema, pues representa un reto de trabajo arduo y constante en pro de los derechos de todos los sujetos que intervienen en la industria de la Moda.
[1] https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=3431
[2] http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0044_1993.html
[3] http://derechodeautor.gov.co/documents/10181/182597/LEY+1915+DEL+12+DE+JULIO+DE+2018.pdf/e29d 68a7–1250–4204–a0dd–6c511130d912
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