Las entidades de capital riesgo son definidas en la Ley 22/2014 de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado, y por la que se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, como aquellas entidades de inversión colectiva de tipo cerrado que obtienen capital de una serie de inversores con la finalidad de reportarles una serie de ganancias o rendimientos en un futuro a consecuencia de dichas inversiones.
El objeto social de estas entidades de capital riesgo de tipo cerrado consiste, principalmente, en la toma de participaciones temporales en el capital social de compañías de naturaleza no inmobiliaria ni financiera que, en el momento de la toma de participación, no coticen en un Mercado de Valores. En estos fondos suele haber un comité de inversión que analiza cada una de las operaciones que se le presentan y el timeline suele ser de 6 meses, con un trabajo de unas 40 horas para seleccionar la inversión adecuada.
Al carecer estos fondos de personalidad jurídica, son las Sociedades Gestoras de capital riesgo, las que gestionan principalmente las decisiones de estos fondos, que adoptan el tipo social mercantil que exige la ley española.
En España, hasta hace poco, era habitual que no se hiciera la distinción que, en cambio, sí se hace en los países anglosajones entre el Venture capital y el Private equity, como modalidades distintas de inversión de capital riesgo en función de la fase en que se encuentre la sociedad target. Sin embargo, en la última década, hemos ido incorporado a nuestro lenguaje esa diferenciación de términos que, a su vez, nos permite diferenciar a que tipo fondo es apropiado dirigirse en función de la fase en que se encuentre la compañía.
Así pues, el Venture Capital, cuya traducción exacta al español es “capital riesgo”, invierte habitualmente en fases tempranas de crecimiento (“Fase Early Stage y Growth”) y no tanto en la fase pre-semilla o semilla, ayudándose para ello de un equipo profesional dedicado por completo a generar un buen dealflow y a analizar con detalle las potenciales operaciones de inversión.
La inversión del Venture capital es totalmente financiera, ya que no existe una interacción entre las compañías y los inversores, que son inversores pasivos, pues, como ya adelantábamos, no tienen capacidad de decidir dónde se invierte el capital del fondo que carece de personalidad jurídica, ya que de eso se encarga la Sociedad Gestora.Los Venture capital pueden invertir en sectores generales o en sectores específicos, siendo que para formar parte de ellos se exigen ciertas condiciones al inversor, por ejemplo, un ticket mínimo de unos 100.000 euros, aunque cada uno establece sus propias condiciones de acceso.
Por su parte, el Private Equity, cuya traducción al español es “Capital Privado” se centra en la inversión en empresas ya consolidadas o en una fase de crecimiento cercana a la madurez, sobre las que ya existe un histórico del modelo del negocio y siendo, por tanto, el riesgo de la inversión menor. Dichas inversiones, tal y como establece la Asociación Española de Capital Riesgo (ASCRI), se dividen, a su vez, en:
- Capital expansión o de desarrollo (Growth): se financian empresas con un potencial crecimiento debido al lanzamiento inminente de producto, a la internacionalización o a la necesidad de crecimiento de la empresa en otro sector.
- Operaciones apalancadas: se trata de compraventas de empresas donde una parte se financia mediante recursos ajenos aportados por una entidad financiera distinta al fondo de capital riesgo y otra mediante el dinero que aportan los inversores. (Operaciones de LBO).
- Compra por sustitución (Replacement): el fondo entra en la sociedad target para ocupar el lugar de un accionista anterior que desea retirarse mediante la compraventa de sus acciones o participaciones sociales.
- Compraventa de empresas en crisis o Reorientación (Rescue/Turnaround): el fondo rescata o financia el cambio de orientación de una empresa que atraviesa dificultades económicas o se encuentra en una situación de pre-concurso o concurso de acreedores. Cómo es el caso de Black Toro Capital, del que hablaremos en el siguiente post.
La entrada de los fondos de capital riesgo en la sociedad target se suele estructurar, normalmente y en la mayoría de los casos, a través de formas (sin perjuicio de la existencia de otras):
- La entrada vía compraventa total/ parcial de acciones/participaciones de los socios fundadores y/o de los actuales, o de unidades productivas autónomas y activos de la sociedad target.
- La entrada vía suscripción de acciones o participaciones sociales en las rondas de inversión que hagan las empresas, que no son sino ampliaciones de capital social mediante la emisión de nuevas acciones o participaciones sociales de la compañía en cuestión previa renuncia del derecho de suscripción preferente de algunos de los socios o accionistas actuales de la compañía.
Las inversiones en los países anglosajones se diferencian según la fase en que se invierte; diferenciación que también hemos incorporado al sector español, y son las siguientes:
- Fondo de Venture capital o capital riesgo: invierte en fase semilla /fase crecimiento, y existe una Ronda 1º y una Ronda 2ª con series: Serie A, Serie B, Serie C y Serie D.
- Fondo de Private equity o capital privado: invierte en empresas ya consolidadas, en fases madurez y realiza operaciones en diferentes sectores.
Fuentes:
- Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado, y por la que se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva.