Enrique Ortega Burgos

FOOD TRUCKS: PERMISOS Y LICENCIAS. 2022

food trucks

PERMISOS Y LICENCIAS URBANÍSTICAS PARA FOOD TRUCKS.

 

Seguimos hablando de Food Trucks. En otro post analizamos las posibilidades que tiene un food truck en eventos privados (pincha aquí para leer). En esta ocasión nos centraremos en la oportunidad de llevar el food truck a distintas ciudades y localizarlo en otros lugares como vía pública, mercadillos, eventos públicos. Esta opción, aunque limitada por la legislación vigente y los requisitos administrativos, como comentamos en el post “Food truck: requisitos básicos para tener uno” (clic aquí), no debe ser descartable y mucho menos considerada como imposible de lograr. Sencillamente habrá que conocer las claves para gestionarlo y lograr obtener las licencias y los permisos urbanísticos necesarios.

 

NORMATIVA URBANÍSITICA.

 

Lo primero que es importante conocer es cómo se encuentra regulada la cuestión en nuestro país.

En España, hasta hace relativamente poco se aplicaba el Real Decreto 199/2010, de 26 de febrero, por el que se regula el ejercicio de la venta ambulante o no sedentaria, ya que, los food trucks se asimilan a mercados de venta ambulante. No obstante, recientemente, el Real Decreto 538/2021, de 13 de julio ha venido a derogar el anteriormente mencionado por un conflicto positivo de competencias interpuesto por el Gobierno de la Generalitat de Cataluña. En consecuencia, expresa el Real Decreto derogatorio que:

 

A la vista de lo anterior, y teniendo en cuenta que todas las comunidades autónomas han asumido en virtud de sus estatutos de autonomía competencias exclusivas en materia de venta ambulante, resulta preciso derogar esta norma en todo el territorio español para dar mayor seguridad jurídica y evitar controversias competenciales.

 

Por lo expuesto, habiendo sido derogado el Real Decreto 199/2010, a nivel estatal actualmente únicamente cuenta nuestro ordenamiento con la escasa regulación sobre la venta ambulante de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista (arts. 53-55).

Consecuentemente, para conocer la regulación que afecta a los food trucks habrá que estar a la normativa autonómica aprobada por cada Comunidad. Y, en todo caso, hay que tener claro que corresponderá a los Ayuntamientos otorgar las autorizaciones para el ejercicio de la venta ambulante en sus respectivos términos municipales donde se vaya a ejercer la venta.

Por tanto, al momento de iniciar las gestiones para solicitar una licencia o permiso para operar en la vía pública con el food truck es importante consultar la normativa autonómica del lugar donde se pretenda la localización del mismo y, sobre todo, consultar en el Ayuntamiento correspondiente la Ordenanza Municipal que regula el ejercicio de la venta ambulante; la cual, normalmente, será aquella reguladora del Comercio Ambulante.

Por otro lado, y sin perjuicio de lo anterior, si el food truck es de comida, como propiamente dice su nombre, habrá que conocer y respetar lo regulado en:

LOS DIFERENTES TIPOS DE LUGARES Y MODALIDADES DE ACTIVIDAD

 

Otro aspecto importante que considerar para solicitar adecuadamente las licencias es el tipo de actividad que se va a emprender y el lugar concreto dentro del Municipio.

Recordemos que no todos los food trucks son de alimentación y quizá los Ayuntamientos dispongan de licencias distintas dependiendo de la actividad. Incluso, hay que advertir que algunas Administraciones limitan la venta ambulante respecto a la comercialización como alimentación y en ese caso, tal vez sería necesaria otro tipo concreto de licencia.

Asimismo, dependiendo del emplazamiento habrá que distinguir entre: vía pública, playas, eventos o festivales organizados por los Ayuntamientos u otros organismos públicos.

En cada supuesto la casuística será diferente. Quizá sea más sencillo lograr obtener una licencia o permiso para localizar el camión en eventos donde se reúnan varios food trucks o se celebre una fiesta popular, que en una playa o paseo marítimo; lo cual, es más complicado y dependerá del organismo competente y de los negocios de hostelería que haya alrededor. Aunque no tiene por qué ser imposible.

En cualquier caso, debe ser el Ayuntamiento específico quien debe orientar y proveer con información sobre las modalidades y alternativas disponibles para ejercer la actividad.

Asimismo, debe tenerse en cuenta que el importe a abonar a cambio de la licencia variará dependiendo del Ayuntamiento, por lo que este aspecto puede ser un elemento determinante para decidir la localización del food truck.

Por último, hay que poner de relieve que algunos Ayuntamientos prohíben determinados emplazamientos, pero como alternativa inician procedimientos de licitación para celebrar contratos públicos con empresarios que tengan food truck para determinados eventos, localizaciones o celebraciones de espectáculos. A continuación, analizaremos esta posibilidad en el siguiente epígrafe.

 

PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO

Para el empresario que tenga un food truck o el emprendedor que tenga la idea de hacerse con uno para empezar a operar por toda España esta herramienta puede ser de utilidad.

En el enlace https://contrataciondelestado.es se puede acceder a la Plataforma de Contratación del Sector Público. Esta plataforma es un mecanismo electrónico puesto a disposición de todos los órganos de contratación del sector público y para los administrados para permitirles dar publicidad a través de internet a las convocatorias de licitaciones y sus resultados y a cuanta información consideren relevante relativa a los contratos que celebren, así como prestar otros servicios complementarios asociados al tratamiento informático de estos datos, de acuerdo con lo establecido la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP).

Si en dicha plataforma se accede al apartado “Buscador” y como criterio de búsqueda se introducen los términos “food truck”, “foodtruck”, “gastroneta” o cualquier otro relacionado con lo que nos ocupa, aparecerán como resultados del buscador todas las convocatorias, adjudicaciones y otros documentos relacionados con las licitaciones abiertas que tengan que ver con esos términos por fecha de publicación.

Así, por ejemplo, podremos conocer que se ha abierto en fecha 02/06/2022 un procedimiento de contratación por el Ayuntamiento de Guadalajara para firmar un contrato público para establecer un Quiosco o gastroneta con zona de terraza en la Avenida Mirador del Balconcillo de Guadalajara. (Los detalles de la licitación se pueden consultar aquí:

https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink%3Adetalle_licitacion&idEvl=qd8lUe8QnGFvYnTkQN0%2FZA%3D%3D)

Todo aquel empresario con un food truck que estuviera interesado en ese contrato dispone de toda la información sobre los pliegos (de prescripciones técnicas y cláusulas administrativas), las condiciones de la licitación, el valor estimado del contrato y el presupuesto base de licitación, los criterios de adjudicación y podrá iniciar el procedimiento para optar a ser seleccionado presentando telemáticamente su oferta.

Como la posibilidad de contrato mencionada, existen otras muchas en distintas localizaciones en la página web antedicha que pueden ser interesantes conocer. A título ilustrativo también se anuncia la aprobación de un expediente de contratación por el Ayuntamiento de Almassora para la “instalación y funcionamiento de Foodtruck en el recinto de Fiestas para 2022”, entre otros.

Este medio es el utilizado por la Administración para permitir y habilitar la prestación de servicios mediante el food truck en ubicaciones de espacio de dominio público más concretas, como playas o durante la celebración de espectáculos o eventos o, en los casos en que surge una necesidad más especifica en una vía pública concreta y licitan autorizaciones demaniales para el uso especial del dominio público instalando food trucks en diversos espacios municipales.

Se anima encarecidamente a los propietarios de food truck a consultar esta plataforma periódicamente, ya que, llama la atención que muchas de las licitaciones que aparecen constan como desiertos; lo cual, puede ser una señal del desconocimiento de este tipo de herramientas para los empresarios del sector.

En cualquier caso, quiere recordarse que la consecuencia directa de que un empresario/a con un food truck decida presentar una oferta para celebrar este tipo de contratos será la de iniciar o mantener relaciones con la Administración Pública; por ello, ante cualquier incidencia en relación con los mismos, ya sea en la adjudicación, en el procedimiento de selección o en el cumplimiento del contrato, la mejor opción es acudir a Abogados expertos en contratación pública.

 

SOLICITUD A INSTANCIA PARA UNA LOCALIZACIÓN CONCRETA

 

Si la opción de la licitación pública no convence y se quiere optar por una localización concreta que se tiene pensada lo mejor es acudir o contactar directamente con el Ayuntamiento correspondiente para obtener información sobre cómo conseguir la licencia oportuna o contactar con un abogado que haga las gestiones correspondientes. En cualquiera de los casos, resulta relevante conocer unos conceptos básicos al respecto.

En primer lugar, debe insistirse en que existen distintas modalidades para llevar a cabo el ejercicio de venta ambulante: venta en mercadillos, venta en mercados periódicos, venta en vía pública y venta ambulante en vehículos con carácter itinerante.

Así, para cada localización concreta y por cada una de las modalidades habrá que solicitar una autorización distinta. Todo ello, siempre, de acuerdo con la Ordenanza municipal correspondiente. Por lo que resultará necesario tener un plan de acción previo antes de iniciar cualquier trámite, a fin de no obtener el permiso erróneo.

Además, debe tenerse en cuenta que las autorizaciones serán de duración limitada, podrá transmitirse a otro empresario y deberá contener en ella toda la información sobre el lugar, los horarios, las fechas y los demás requisitos que deberán cumplirse en el ejercicio de la actividad con el food truck. Asimismo, normalmente la autorización se otorgará para un food truck con unas características determinadas, por lo que de tener varios habrá que confirmar si es necesario disponer de varias licencias.

Igualmente, para solicitar la licencia o autorización el interesado deberá  (i) cumplir con los requisitos establecidos para cada caso, (ii) poseer la documentación que acredite el cumplimiento de los mismos y, (iii) mantenerlos durante el plazo de vigencia del permiso.

Por último, se quiere poner de relieve que ante las eventuales negativas por parte del Ayuntamiento frente a la solicitud de las oportunas licencias o permisos, al ser un acto administrativo, lo mejor será acudir a un abogado experto en derecho administrativo para recurrir o valorar las posibilidades de actuación.

 

EJEMPLOS DE CÓMO LO GESTIONAN ALGUNOS AYUNTAMIENTOS.

 

Sin perjuicio de todo lo hasta aquí expuesto y, al margen la posibilidad comentada sobre la Plataforma de Contratación Pública se ha tratado de hacer una búsqueda no excluyente, simplemente a los meros efectos ilustrativos y orientadores, para ilustrar sobre cómo enfocan alguno de los Ayuntamientos esta cuestión.

 

Ayuntamiento de Córdoba (España)

Las autorizaciones de venta para los Food Trucks no es competencia de la Unidad de Comercio y Venta Ambulante. Habría que dirigirse a la Unidad de Autorizaciones del Ayuntamiento de Córdoba para conocer más.

Ayuntamiento de Jerez

 

El Ayuntamiento de Jerez publicó en su página web un documento, muy útil, específico sobre los “Foodtruck o gastronetas” (consultar aquí). En el mismo se informa sobre los requisitos que debe cumplir el vehículo, así como los permisos del Ayuntamiento y el procedimiento ara solicitarlo.

 

Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz

 

Para el año 2021 este Ayuntamiento dispuso unas bases que rigen la adjudicación de puestos de food trucks o gastronetas en el municipio concreto de Vitoria-Gasteiz. Se rige de conformidad con lo dispuesto en la especifica Ordenanza reguladora de la venta ambulante de su término municipal.

En este caso, por ejemplo, la duración de la autorización que concede el Ayuntamiento es por un periodo de 2 años para unas épocas concretas y determinadas. No obstante, la duración podría ser prorrogada a instancia del titular siempre que cumpliera con los requisitos establecidos.

Las propias bases establecen las ubicaciones y emplazamientos para los que se conceden las autorizaciones. Esto es, sólo se podrá ubicar el food truck en dichas zonas y los días de la semana que se prevean para un horario concreto. Incluso, hay determinados emplazamientos que se condicionan a que haya eventos deportivos.

Las solicitudes se hacen para un puesto en concreto, lo cual, no impide que se puedan hacer solicitudes de cambio por escrito.

Las bases regulan que criterios de valoración se tendrán en cuenta para considerar cada una de las solicitudes presentadas para llevar a cabo la correspondiente adjudicación. Asimismo, se prevé la forma, plazos, documentación a aportar y procedimientos para proceder a formalizar las solicitudes.

Ayuntamiento de Barcelona

En la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Barcelona existe un apartado previsto para Licencia de ocupación de puesto en mercadillo y venta no sedentaria, el cual, podría ser aplicable a los efectos del food truck.

La Sede permite iniciar directamente el trámite telemáticamente, detallando toda la información correspondiente sobre la tramitación. Básicamente, hay que rellenar un formulario, adjuntar la documentación que se requiera (ficha de ocupación de la vía publica, DNI, fotografías del solicitante, alta de la Seguridad Social, seguro de responsabilidad civil, etc.), así como firmar la solicitud. Igualmente, la propia página informa sobre la cuantía de la tasa que habría que satisfacer por la ocupación de la vía pública.

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FOOD TRUCKS: VENTAJAS E INCONVENIENTES. 

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BIBLIOGRAFÍA

http://foodtruckya.com/blog/resumen-normativas-food-trucks/

https://www.cordoba.es/doc_pdf_etc/TRANSPARENCIA/2020/FAQS/18_FAQs_VENTA_AMBULANTE.pdf

https://www.vitoria-gasteiz.org/docs/wb021/contenidosEstaticos/adjuntos/es/90/00/79000.pdf

https://seuelectronica.ajuntament.barcelona.cat/oficinavirtual/es/tramit/20190001340

https://lacomma.es/que-permisos-o-licencias-necesito-para-trabajar-con-un-food-truck/

https://www.jerez.es/fileadmin/Documentos/empresarial/tramites/T0016-TRAMITES-Foodtruck.pdf

https://www.consumoteca.com/comercio/la-venta-ambulante/

 

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