México aprueba la primera Ley a nivel mundial que protegerá los elementos de la cultura e identidad de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanos
Apropiación cultural, comunidades, tradiciones, consentimiento, copiar, legislación, regulación, salvaguardia
Todos sabemos que los textiles indigenas llevan años de mano en mano donde impregnan sus elementos simbolicos en sus diseños y sin duda eso lo vuelve invaluable.
Lamentablemente, existen múltiples casos documentados de plagío y apropiación cultural a los textiles tradicionales por parte de grandes marcas de moda, entre 2012 al 2018 mas de 13 marcas internacionales y nacionales han sido acusadas de estas malas practicas.
Los casos mas conocidos de marcas que se han apropiado de diseños indigenas para sus colecciones o productos son Carolina Herrera, Isabel Marant, Inditex, Louis Vuiton, Desigual.
A fin de preparar la primera iniciativa de Ley en México que proteja los elementos de las culturas de pueblos y comunidades indígenas para evitar el uso no consentido y robo por parte de empresas nacionales y trasnacionales, se presenta : La Ley de Salvaguardia, una iniciativa legislativa propuesta inicialmente el 20 de noviembre del 2018 por la Senadora Susana Harp y el Senador Ricardo Monreal, integrantes del grupo parlamentario de Morena.
-
¿Qué es la Ley de Salvaguardia de los Elementos, Cultura e Identidad de los Pueblos y Comunidades Indígenas, Afromexicanas y Equiparables?
Es una Ley que busca proteger los elementos de la cultura e identidad de los pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas y equiparables, para evitar el uso no consentido ( plagio de textiles, etc ) , por que no sólo se trata de diseños, sino que son parte de su cultura.
-
¿Cuál es la finalidad de la Ley?
– La Ley busca que se reconozca el derecho a los pueblos y comunidades indígenas, afromexicanas y equiparables a los elementos de su cultura.
– Que se promueva el respeto y desarrollo de los elementos de la cultura e identidad de las comunidades indígenas, afromexicanas y equiparables.
-Que las comunidades puedan otorgar permiso sobre los elementos de su cultura e identidad que ellos consideren.
-
¿Qué prohíbe la ley a las personas ajenas a la comunidad?
I. Copiar o imitar, incluso, en grado de confusión (cuando exista similitud), elementos de la cultura e identidad de los pueblos y comunidades sin autorización del titular o titulares de los derechos.
II. Utilizar o aprovechar, con fines de lucro y sin autorización, elementos de la cultura e identidad de los pueblos y comunidades indígenas.
III. Incumplir los términos de la licencia otorgada para el uso, aprovechamiento, comercialización o explotación de elementos de la cultura e identidad de los pueblos y comunidades.
IV. Autorizar el uso, aprovechamiento, comercialización o industrialización de elementos de la cultura e identidad a terceros, sin haber sido designado para ello por alguna comunidad o pueblo titular de una manifestación.
V. Ostentarse como titular de algún derecho colectivo sobre elementos de la cultura e identidad de los pueblos y comunidades, sin tener la calidad o representación de la misma.
-
¿Como se castiga el uso sin consentimiento por personas ajenas a la comunidad?
Se castiga desde multas hasta la prision.
- Multa de 500 a 15,000 unidades de medida y actualización (hoy 84.49 pesos diarios), es decir, de 42,245 pesos a 1,267,350; y de dos a ocho años de cárcel.
- Y al que utilice o aproveche con fines de lucro y sin autorización elementos de la cultura e identidad de los pueblos y comunidades indígenas se le castigará con:
- Multa de 2,000 a 50,000 unidades de medida y actualización (de 168,980 pesos a 4,224,500); y de tres a 10 años de prisión.
-
¿ Cuáles son los delitos a la Ley de Salvaguardia ?
- Reproducir, copiar o imitar , incluso en grado de confusión (similitud), elementos de la cultura e identidad de los pueblos y comunidades sin la autorización correspondiente.
- Distribuir, vender, explotar, comercializar o industrializar, elementos de la cultura e identidad de los pueblos y comunidades, sin la autorización correspondiente.
- Difundir por cualquier medio manifestaciones de la cultura e identidad inaccesibles al uso, aprovechamiento, comercialización o industrialización declaradas inaccesibles por los pueblos y comunidades.
Con la Ley de Salvaguardia de los Elementos, Cultura, e Identidad de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanas, las comunidades y los pueblos que se han visto afectados con la sustracción y apropiación indebida de sus creaciones por marcas nacionales e internacionales de la industria de la moda, tendrán una efectiva protección de su patrimonio cultural, y no quedarán impunes los casos de uso no consentido.
Este articulo es en memoria de Lorenzo Donini Ferretti Macedo, mi gran amor.
Este artículo se ha realizado por la redacción del equipo de EOB, si quieres contactar con nosotros mándanos un mail a info@enriqueortegaburgos.com